JURAMENTO DE LEALTAD A LA FEDERACIÓN DE LA TIERRA: Yo Prometo lealtad a la Constitución Mundial de la Federación de la Tierra, y a la República de ciudadanos libres del mundo que representa. Una federación de la Tierra, que protege por ley la rica diversidad de los ciudadanos de la Tierra. Una federación de la tierra, que protege la preciosa ecología de nuestro planeta. Yo prometo lealtad al Parlamento Mundial que representa a todas las naciones y los pueblos, y a los procesos democráticos por los que procede. Una ley para la tierra, con libertad e igualdad para todos, un estándar de justicia, con una declaración de derechos que protege a todos. Yo prometo lealtad a las futuras generaciones protegidas por la Constitución de la Tierra y a la unidad, integridad y belleza de la humanidad, viviendo en armonía en la Tierra. Una federación de la Tierra, concebida en amor, verdad y esperanza, con paz y prosperidad para todos.



              Preámbulo

Consciente de que la humanidad ha llegado hoy a un punto de inflexión en la historia y que estamos en el umbral de un orden geopolítico mundial nuevo que promete marcar el comienzo de una era de paz, prosperidad, justicia y armonía;

Consciente de la interdependencia de las personas, las naciones y toda la vida;

Conscientes de que el abuso de la ciencia y la tecnología por parte del hombre ha llevado a la Humanidad al borde del desastre mediante la producción de horrendas armas de destrucción masiva y al borde de una catástrofe ecológica y social;

Conscientes de que el concepto tradicional de seguridad a través de la defensa militar es una ilusión total tanto para el presente como para el futuro;

Consciente de la miseria y los conflictos provocados por la disparidad cada vez mayor entre ricos y pobres;

Conscientes de nuestra obligación para con la posteridad de salvar a la Humanidad de la aniquilación inminente y total;

Conscientes de que la Humanidad es Una a pesar de la existencia de diversas naciones, razas, credos, ideologías y culturas y que el principio de unidad en la diversidad es la base de una nueva era en la que la guerra será proscrita y la paz prevalecerá; cuándo se utilizarán equitativamente los recursos totales de la tierra para el bienestar humano; y cuando los derechos humanos básicos y las responsabilidades sean compartidos por todos sin discriminación;

Conscientes de la realidad ineludible de que la mayor esperanza para la supervivencia de la vida en la tierra es el establecimiento de un gobierno mundial democrático;

Nosotros, ciudadanos del mundo, por la presente decidimos establecer una federación mundial que se regirá de acuerdo con esta Constitución para la Federación de la Tierra.

Artículo 1 - Funciones generales del gobierno mundial

Las amplias funciones de la Federación de la Tierra serán:

  1. Prevenir la guerra, asegurar el desarme y resolver disputas territoriales y de otro tipo que pongan en peligro la paz y los derechos humanos.
  2. Proteger los derechos humanos universales, incluida la vida, la libertad, la seguridad, la democracia y la igualdad de oportunidades en la vida.
  3. Obtener para todos los pueblos de la tierra las condiciones necesarias para un desarrollo económico y social equitativo y para la disminución de las diferencias sociales.
  4. Regular el comercio mundial, las comunicaciones, el transporte, la moneda, las normas, el uso de los recursos mundiales y otros procesos globales e internacionales.
  5. Proteger el medio ambiente y el tejido ecológico de la vida de todas las fuentes de daño y controlar las innovaciones tecnológicas cuyos efectos trasciendan las fronteras nacionales, con el fin de mantener la Tierra como un hogar seguro, saludable y feliz para la humanidad.
  6. Diseñar e implementar soluciones a todos los problemas que están más allá de la capacidad de los gobiernos nacionales, o que ahora son o pueden llegar a ser una preocupación o consecuencia global o internacional.

Artículo 2 - Estructura básica de la Federación Mundial y el Gobierno Mundial

  1. La Federación de la Tierra se organizará como una federación universal, para incluir a todas las naciones y todas las personas, y para abarcar todos los océanos, mares y tierras de la Tierra, incluidos los territorios no autónomos, junto con la atmósfera circundante.
  2. El Gobierno Mundial de la Federación de la Tierra no será militar y será democrático en su propia estructura, con la soberanía última que reside en todas las personas que viven en la Tierra.
  3. La autoridad y los poderes otorgados al Gobierno Mundial se limitarán a los definidos en esta Constitución para la Federación de la Tierra, aplicables a problemas y asuntos que trascienden las fronteras nacionales, dejando a los gobiernos nacionales la jurisdicción sobre los asuntos internos de las respectivas naciones pero de conformidad con la autoridad del Gobierno Mundial para proteger los derechos humanos universales como se define en esta Constitución Mundial.
  4. Las unidades electorales y administrativas directas básicas del Gobierno Mundial serán los Distritos Electorales y Administrativos Mundiales. Se definirá un total de no más de 1000 Distritos Electorales y Administrativos Mundiales, y será casi igual en población, dentro de los límites de más o menos diez por ciento.
  5. Los Distritos Electorales y Administrativos Mundiales Contiguos se combinarán según sea apropiado para componer un total de veinte Regiones Electorales y Administrativas Mundiales para los siguientes propósitos, pero no limitados a ellos: para la elección o nombramiento de ciertos funcionarios del gobierno mundial; para fines administrativos; para componer varios órganos del gobierno mundial enumerados en el artículo IV; para el funcionamiento del Poder Judicial, el Sistema de Ejecución y el Ombudsmus, así como para el funcionamiento de cualquier otro órgano o agencia del Gobierno Mundial.
  6. Las Regiones Electorales y Administrativas Mundiales pueden estar compuestas por un número variable de Distritos Electorales y Administrativos Mundiales, tomando en consideración factores geográficos, culturales, ecológicos y de otro tipo, así como la población.
  7. Las Regiones electorales y administrativas mundiales contiguas se agruparán en pares para componer las regiones Magna.
  8. Los límites de las Regiones Electorales y Administrativas Mundiales no cruzarán los límites de los Distritos Electorales y Administrativos Mundiales y serán comunes en la medida de lo posible para los diversos departamentos administrativos y para los diversos órganos y agencias del Gobierno Mundial. Los límites de los Distritos Electorales y Administrativos Mundiales, así como de las Regiones, no necesitan ajustarse a los límites nacionales existentes, pero se ajustarán en la medida de lo posible.
  9. Las Regiones Electorales y Administrativas Mundiales se agruparán para componer al menos cinco Divisiones Continentales de la Tierra, para la elección o designación de ciertos funcionarios del gobierno mundial, y para ciertos aspectos de la composición y funcionamiento de los diversos órganos y agencias del Gobierno Mundial. como se especifica a continuación. Los límites de las Divisiones Continentales no cruzarán las fronteras nacionales existentes en la medida de lo posible. Las Divisiones Continentales pueden estar compuestas por un número variable de Regiones Electorales y Administrativas del Mundo.

Artículo 3 - Órganos del gobierno mundial

Los órganos del Gobierno Mundial serán:

  1. El Parlamento Mundial.
  2. El Ejecutivo Mundial.
  3. La Administración Mundial.
  4. El Complejo Integrativo.
  5. El poder judicial mundial.
  6. El sistema de ejecución.
  7. El Defensor del Pueblo Mundial. 

Artículo 4 - Concesión de poderes específicos al gobierno mundial

Los poderes del gobierno mundial que se ejercerán a través de sus diversos órganos y agencias comprenderán lo siguiente:

  1. Prevenir guerras y conflictos armados entre las naciones, regiones, distritos, partes y pueblos de la Tierra.
  2. Supervisar el desarme y prevenir el rearme; prohibir y eliminar el diseño, ensayo, fabricación, venta, compra, uso y posesión de armas de destrucción masiva, y prohibir o regular todas las armas letales que decida el Parlamento Mundial.
  3. Prohibir la incitación a la guerra y la discriminación o difamación de los objetores de conciencia.
  4. Proporcionar los medios para la solución pacífica y justa de disputas y conflictos entre naciones, pueblos y / u otros componentes dentro de la Federación de la Tierra.
  5. Supervisar los asentamientos fronterizos y realizar plebiscitos según sea necesario.
  6. Definir los límites de los distritos, regiones y divisiones que se establecen con fines electorales, administrativos, judiciales y otros del Gobierno Mundial.
  7. Definir y regular los procedimientos para la nominación y elección de los miembros de cada Cámara del Parlamento Mundial, y para la nominación, elección, nombramiento y empleo de todos los funcionarios y personal del Gobierno Mundial.
  8. Codificar las leyes mundiales, incluido el cuerpo de derecho internacional desarrollado antes de la adopción de la constitución mundial, pero que no sea incompatible con la misma, y que sea aprobado por el Parlamento Mundial.
  9. Establecer estándares universales para pesos, medidas, contabilidad y registros.
  10. Brindar asistencia en caso de catástrofes a gran escala, como sequía, hambruna, pestilencia, inundaciones, terremotos, huracanes, trastornos ecológicos y otros desastres.
  11. Garantizar y hacer cumplir las libertades civiles y los derechos humanos básicos que se definen en la Declaración de Derechos de los Ciudadanos de la Tierra, que forma parte de esta Constitución Mundial en virtud del Artículo 12.
  12. Definir estándares y promover la mejora mundial en las condiciones laborales, nutrición, salud, vivienda, asentamientos humanos, condiciones ambientales, educación, seguridad económica y otras condiciones definidas en el Artículo 13 de esta Constitución Mundial.
  13. Regular y supervisar el transporte internacional, las comunicaciones, los servicios postales y las migraciones de personas.
  14. Regular y supervisar el comercio, industria, corporaciones, empresas, cárteles, servicios profesionales, oferta laboral, finanzas, inversiones y seguros supranacionales.
  15. Asegurar y supervisar la eliminación de aranceles y otras barreras comerciales entre naciones, pero con disposiciones para prevenir o minimizar las dificultades para aquellos previamente protegidos por aranceles.
  16. Recaudar los ingresos y fondos, por medios directos y / o indirectos, que sean necesarios para los propósitos y actividades del Gobierno Mundial.
  17. Establecer y operar instituciones financieras, bancarias, crediticias y de seguros mundiales diseñadas para atender las necesidades humanas; establecer, emitir y regular la moneda, el crédito y el cambio mundiales.
  18. Planificar y regular el desarrollo, uso, conservación y reciclaje de los recursos naturales de la Tierra como patrimonio común de la Humanidad; proteger el medio ambiente en todos los sentidos en beneficio de las generaciones presentes y futuras.
  19. Crear y operar una Organización de Desarrollo Económico Mundial para atender de manera equitativa las necesidades de todas las naciones y personas incluidas dentro de la Federación Mundial.
  20. Desarrollar e implementar soluciones a problemas transnacionales de suministro de alimentos, producción agrícola, fertilidad del suelo, conservación del suelo, control de plagas, dieta, nutrición, medicamentos y venenos, y eliminación de desechos tóxicos.
  21. Desarrollar e implementar medios para controlar el crecimiento de la población en relación con las capacidades de sustento de la vida de la Tierra y resolver problemas de distribución de la población.
  22. Desarrollar, proteger, regular y conservar los suministros de agua de la Tierra; desarrollar, operar y / o coordinar proyectos transnacionales de riego y otros proyectos de control y suministro de agua; asegurar la asignación equitativa de los suministros de agua transnacionales y proteger contra los efectos transnacionales adversos de la desviación de agua o humedad o los proyectos de control del clima dentro de las fronteras nacionales.
  23. Poseer, administrar y supervisar el desarrollo y conservación de los océanos y fondos marinos de la Tierra y todos los recursos de los mismos, y proteger de daños.
  24. Proteger de daños y controlar y supervisar los usos de la atmósfera de la Tierra.
  25. Llevar a cabo exploraciones e investigaciones interplanetarias y cósmicas; tienen jurisdicción exclusiva sobre la Luna y sobre todos los satélites lanzados desde la Tierra.
  26. Establecer, operar y / o coordinar líneas aéreas globales, sistemas de transporte marítimo, vías férreas y carreteras internacionales, sistemas de comunicación global y medios para viajes y comunicaciones interplanetarios; controlar y administrar vías fluviales vitales.
  27. Desarrollar, operar y / o coordinar sistemas de energía transnacionales, o redes de pequeñas unidades, integrando en los sistemas o redes la energía derivada del sol, viento, agua, mareas, diferenciales de calor, fuerzas magnéticas y cualquier otra fuente de energía segura y ecológicamente sana. y suministro continuo de energía.
  28. Controlar la minería, la producción, el transporte y el uso de fuentes de energía fósiles en la medida necesaria para reducir y prevenir daños al medio ambiente y la ecología, así como para prevenir conflictos y conservar los suministros para el uso sostenido de las generaciones venideras.
  29. Ejercer jurisdicción y control exclusivos sobre la investigación y las pruebas de energía nuclear y la producción de energía nuclear, incluido el derecho a prohibir cualquier forma de prueba o producción que se considere peligrosa.
  30. Colocar bajo los controles mundiales los recursos naturales esenciales que pueden estar limitados o distribuidos de manera desigual en la Tierra. Encuentre e implemente formas de reducir los desechos y encuentre formas de minimizar las disparidades cuando el desarrollo o la producción son insuficientes para proporcionar a todos todo lo que pueda necesitar.
  31. Prever el examen y la evaluación de las innovaciones tecnológicas que tengan o puedan tener consecuencias supranacionales, para determinar posibles peligros o peligros para la humanidad o el medio ambiente; instituir los controles y reglamentos de tecnología que se consideren necesarios para prevenir o corregir peligros o peligros generalizados para la salud y el bienestar humanos.
  32. Realizar programas intensivos para desarrollar alternativas seguras a cualquier tecnología o proceso tecnológico que pueda ser peligroso para el medio ambiente, el sistema ecológico o la salud y el bienestar humanos.
  33. Resolver problemas supranacionales causados por grandes disparidades en el desarrollo o la capacidad tecnológica, la formación de capital, la disponibilidad de recursos naturales, las oportunidades educativas, las oportunidades económicas y las diferencias salariales y de precios. Apoyar los procesos de transferencia de tecnología en condiciones que salvaguarden el bienestar humano y el medio ambiente y contribuyan a minimizar las disparidades.
  34. Intervenir según los procedimientos que definirá el Parlamento Mundial en casos de violencia intraestatal y problemas intraestatales que afecten gravemente la paz mundial o los derechos humanos universales.
  35. Desarrollar un sistema universitario mundial. Obtener la corrección de materiales comunicativos perjudiciales que provoquen malentendidos o conflictos por diferencias de raza, religión, sexo, nacionalidad o afiliación.
  36. Organizar, coordinar y / o administrar un Cuerpo de Servicio Mundial voluntario, no militar, para llevar a cabo una amplia variedad de proyectos diseñados para servir al bienestar humano.
  37. Designar, según se considere conveniente, un idioma mundial oficial o idiomas mundiales oficiales.
  38. Establecer y operar un sistema de parques mundiales, reservas de vida silvestre, lugares naturales y áreas silvestres.
  39. Definir y establecer procedimientos de iniciativa y referéndum por parte de los Ciudadanos de la Tierra en materias de legislación supranacional no prohibidas por esta Constitución Mundial.
  40. Establecer los departamentos, oficinas, comisiones, institutos, corporaciones, administraciones o agencias que sean necesarios para llevar a cabo todas y cada una de las funciones y poderes del Gobierno Mundial.
  41. Servir a las necesidades de la humanidad en todas y cada una de las formas que están ahora, o que puedan resultar en el futuro, más allá de la capacidad de los gobiernos nacionales y locales.

Artículo 5 - El Parlamento Mundial

Seccion. A - Funciones y poderes del Parlamento Mundial

Las funciones y poderes del Parlamento Mundial comprenderán lo siguiente:

  1. Preparar y promulgar legislación detallada en todas las áreas de autoridad y jurisdicción otorgadas al Gobierno Mundial bajo el Artículo IV de esta Constitución Mundial.
  2. Modificar o derogar las leyes mundiales según se considere necesario o deseable.
  3. Aprobar, enmendar o rechazar las leyes internacionales desarrolladas antes del advenimiento del Gobierno Mundial, y codificar e integrar el sistema de la ley mundial y la legislación mundial bajo el Gobierno Mundial.
  4. Establecer los reglamentos y direcciones que sean necesarios, de conformidad con esta constitución mundial, para el correcto funcionamiento de todos los órganos, ramas, departamentos, oficinas, comisiones, institutos, agencias o partes del Gobierno Mundial.
  5. Revisar, enmendar y dar la aprobación final a cada presupuesto del Gobierno Mundial, según lo presentado por el Ejecutivo Mundial; Diseñar los medios específicos para recaudar directamente los fondos necesarios para cumplir con el presupuesto, incluidos impuestos, licencias, tarifas, costos sociales y públicos contabilizados globalmente que deben agregarse a los precios de bienes y servicios, préstamos y anticipos de crédito, y cualquier otro medio apropiado. ; y apropiar y asignar fondos para todas las operaciones y funciones del Gobierno Mundial de acuerdo con los presupuestos aprobados, pero sujeto al derecho del Parlamento de revisar cualquier apropiación que aún no se haya gastado o comprometido contractualmente.
  6. Crear, alterar, abolir o consolidar los departamentos, oficinas, comisiones, institutos, agencias u otras partes del Gobierno Mundial según sea necesario para el mejor funcionamiento de los diversos órganos del Gobierno Mundial, sujeto a las disposiciones específicas de este Constitución mundial.
  7. Aprobar los nombramientos de los jefes de todos los departamentos, comisiones, oficinas, agencias y otras partes de los diversos órganos del Gobierno Mundial, excepto los elegidos por procedimientos electorales o de servicio civil.
  8. Remover del cargo por causa a cualquier miembro del Ejecutivo Mundial y a cualquier jefe electivo o designado de cualquier órgano, departamento, oficina, agencia u otra parte del Gobierno Mundial, sujeto a las disposiciones específicas en esta Constitución Mundial con respecto a cargos específicos.
  9. Definir y revisar los límites de los Distritos Administrativos y Electorales Mundiales, las Regiones Administrativas y Electorales Mundiales y las Regiones Magna, y las Divisiones Continentales.
  10. Programar la implementación de aquellas disposiciones de la Constitución Mundial que requieren implementación por etapas durante las diversas etapas de Gobierno Mundial Provisional, Primera Etapa Operativa de Gobierno Mundial, Segunda Etapa Operativa de Gobierno Mundial y Etapa Operativa Completa de Gobierno Mundial, como se define en Artículos XVII y XIX de esta Constitución Mundial.
  11. Planificar y programar la implementación de aquellas disposiciones de la Constitución Mundial que pueden requerir un período de años para cumplirse.

Segundo. B - Composición del Parlamento Mundial

  1. El Parlamento Mundial estará compuesto por tres cámaras, designadas de la siguiente manera:
  • La Casa de los Pueblos, para representar a la gente de la Tierra directa e igualmente;
  • La Casa de las Naciones, para representar a las naciones que se unen en la Federación de la Tierra; y un
  • Casa de Consejeros con funciones particulares para representar el mayor bien y los mejores intereses de la humanidad en su conjunto.
  1. Todos los miembros del Parlamento Mundial, independientemente de la Cámara, serán designados como Miembros del Parlamento Mundial.

Seccion. C - La Casa de los Pueblos

  1. La Cámara de los Pueblos estará compuesta por los delegados de los pueblos elegidos directamente en proporción a la población de los Distritos Electorales y Administrativos Mundiales, según se define en el Artículo 2-4.
  2. Los delegados de los pueblos serán elegidos por sufragio universal de adultos, abierto a todas las personas mayores de 18 años.
  3. Se elegirá un delegado de los pueblos de cada Distrito Administrativo y Electoral Mundial para servir por un período de cinco años en la Cámara de los Pueblos. Los delegados de los pueblos pueden ser elegidos para servir períodos sucesivos sin límite. Cada delegado de los pueblos tendrá un voto.
  4. Un candidato a la elección para servir como delegado de los pueblos debe tener al menos 21 años de edad, ser residente durante al menos un año del distrito electoral del cual el candidato busca la elección y debe hacer una promesa de servicio a la humanidad.

Seccion. D - La Casa de las Naciones

  1. La Casa de las Naciones estará compuesta por delegados nacionales elegidos o nombrados mediante procedimientos que determinará cada gobierno nacional sobre la base siguiente:
  1. Un delegado nacional de cada nación de al menos 100.000 habitantes, pero menos de 10.000.000 de habitantes.
  2. Dos delegados nacionales de cada nación de al menos 10,000,000 de población, pero menos de 100,000,000 de población.
  3. Tres delegados nacionales de cada nación de 100.000.000 de habitantes o más.
  1. Las naciones de menos de 100.000 habitantes pueden unirse en grupos con otras naciones para fines de representación en la Casa de las Naciones.
  2. Los delegados nacionales serán elegidos o designados para servir por períodos de cinco años, y pueden ser elegidos o designados para servir períodos sucesivos sin límite. Cada delegado nacional tendrá un voto.
  3. Toda persona que se desempeñe como delegado nacional deberá ser ciudadano durante al menos dos años de la nación a ser representada, debe tener al menos 21 años de edad y deberá asumir una promesa de servicio a la humanidad.

Seccion. E - La Casa de los Consejeros

  1. La Cámara de Consejeros estará compuesta por 200 Consejeros elegidos en igual número de nominaciones presentadas de las veinte Regiones Electorales y Administrativas Mundiales, según se define en el Artículo II-5 y II-6, diez de cada Región.
  2. Las nominaciones para miembros de la Cámara de Consejeros serán hechas por los maestros y estudiantes de universidades y colegios y de academias e institutos científicos dentro de cada región electoral y administrativa mundial. Los nominados pueden ser personas que estén fuera del campus en cualquier ámbito de la vida, así como en el campus.
  3. Los nominados a la Cámara de Consejeros de cada Región Electoral y Administrativa Mundial deberán, mediante votación tomada entre ellos, reducir el número de nominados a no menos de dos veces y no más de tres veces el número por elegir.
  4. Los nominados para servir como miembros de la Cámara de Consejeros deben tener al menos 25 años de edad y deben hacer una promesa de servicio a la humanidad. No habrá requisito de residencia, y un nominado no necesita ser residente de la región de la cual nominó o eligió.
  5. Los miembros de la Cámara de Consejeros de cada región serán elegidos por los miembros de las otras dos cámaras del Parlamento Mundial de la región en particular.
  6. Los consejeros serán elegidos para servir términos de diez años. La mitad de los miembros de la Cámara de Consejeros serán elegidos cada cinco años. Los consejeros pueden servir términos sucesivos sin límite. Cada Consejero tendrá un voto.

Seccion. F - Procedimientos del Parlamento Mundial

  1. Cada cámara del Parlamento Mundial durante su primera sesión después de las elecciones generales elegirá un panel de cinco presidentes de entre sus propios miembros, uno de cada una de las cinco Divisiones Continentales. Los presidentes rotarán anualmente de modo que cada uno sirva durante un año como director general, mientras que los otros cuatro servirán como vicepresidentes.
  2. Los paneles de Presidentes de cada Cámara se reunirán, según sea necesario, con el fin de coordinar el trabajo de las Casas del Parlamento Mundial, tanto de forma individual como conjunta.
  3. Cualquier medida o acción legislativa podrá iniciarse en la Cámara de los Pueblos o en la Cámara de las Naciones o en ambas al mismo tiempo, y entrará en vigor cuando se apruebe por mayoría simple de votos tanto de la Cámara de los Pueblos como de la Cámara de las Naciones, excepto en los casos en que una mayoría absoluta de votos u otra mayoría de voto se especifica en esta Constitución Mundial.
  4. En caso de estancamiento en una medida iniciada en la Cámara de los Pueblos o en la Cámara de las Naciones, la medida pasará automáticamente a la Cámara de Consejeros para una decisión por mayoría simple de votos de la Cámara de Consejeros, excepto en los casos en que otra mayoría de votos se requiere en esta Constitución Mundial. Cualquier medida puede ser remitida para decisión a la Cámara de Consejeros mediante el voto concurrente de las otras dos cámaras.
  5. La Cámara de Consejeros podrá iniciar cualquier medida legislativa, que luego será sometida a las otras dos cámaras y deberá ser aprobada por mayoría simple tanto de la Cámara de los Pueblos como de la Cámara de las Naciones para que entre en vigor, a menos que alguna otra mayoría de votos sea requerida disposición de esta Constitución Mundial.
  6. La Cámara de Consejeros podrá presentar opinión o resolución sobre cualquier medida pendiente ante cualquiera de las otras dos Cámaras; cualquiera de las otras cámaras puede solicitar la opinión de la Cámara de Consejeros antes de tomar una medida.
  7. Cada cámara del Parlamento Mundial adoptará sus propias reglas de procedimiento detalladas, que serán consistentes con los procedimientos establecidos en esta Constitución Mundial, y que estarán diseñadas para facilitar el funcionamiento coordinado de las tres cámaras.
  8. La aprobación de los nombramientos por el Parlamento Mundial o cualquier cámara del mismo requerirá votos por mayoría simple, mientras que las remociones por causa requerirá votos por mayoría absoluta.
  9. Después de que se declare la etapa operativa completa del Gobierno Mundial, las elecciones generales para miembros del Parlamento Mundial a la Casa de los Pueblos se llevarán a cabo cada cinco años. Las primeras elecciones generales se llevarán a cabo dentro de los dos primeros años siguientes a la declaración de la etapa operativa completa del Gobierno Mundial.
  10. Hasta que se declare la etapa operativa completa del Gobierno Mundial, las elecciones para miembros del Parlamento Mundial a la Casa de los Pueblos se pueden llevar a cabo siempre que sea posible en relación con la campaña para la ratificación de esta Constitución Mundial.
  11. Las sesiones regulares de la Casa de los Pueblos y la Casa de las Naciones del Parlamento Mundial se celebrarán el segundo lunes de enero de cada año.
  12. Cada nación, de acuerdo con sus propios procedimientos, nombrará o elegirá miembros del Parlamento Mundial a la Casa de las Naciones al menos treinta días antes de la fecha de convocatoria del Parlamento Mundial en enero.
  13. La Cámara de los Pueblos, junto con la Casa de las Naciones, elegirá a los miembros del Parlamento Mundial para la Cámara de Consejeros durante el mes de enero posterior a las elecciones generales. Para su primera sesión después de las elecciones generales, la Cámara de Consejeros se reunirá el segundo lunes de marzo y, posteriormente, al mismo tiempo que las otras dos cámaras.
  14. Las bielecciones para llenar las vacantes se llevarán a cabo dentro de los tres meses posteriores a la ocurrencia de la vacante o vacantes.
  15. El Parlamento Mundial permanecerá en sesión durante un mínimo de nueve meses de cada año. Se pueden tomar uno o dos descansos durante cada año, a veces y con una duración que se decidirá por mayoría simple de votos de la Cámara de los Pueblos y la Cámara de las Naciones reunidas conjuntamente.
  16. Los salarios anuales para los miembros del Parlamento Mundial de las tres cámaras serán los mismos, excepto para aquellos que también sirven como miembros del Presidium y del Gabinete Ejecutivo.
  17. Los programas salariales para los miembros del Parlamento Mundial y para los miembros del Presidium y del Gabinete Ejecutivo serán determinados por el Parlamento Mundial.

Artículo 6 - El Ejecutivo Mundial

Seccion. A Funciones y poderes del ejecutivo mundial

  1. Implementar el sistema básico de la ley mundial como se define en la Constitución Mundial y en el sistema codificado de la ley mundial después de la aprobación del Parlamento Mundial.
  2. Implementar la legislación promulgada por el Parlamento Mundial.
  3. Proponer y recomendar legislación para su promulgación por el Parlamento Mundial.
  4. Convocar el Parlamento Mundial en sesiones especiales cuando sea necesario.
  5. Supervisar la Administración Mundial y el Complejo Integrativo y todos los departamentos, oficinas, oficinas, institutos y agencias de los mismos.
  6. Nominar, seleccionar y remover a los jefes de varios órganos, ramas, departamentos, oficinas, oficinas, comisiones, institutos, agencias y otras partes del Gobierno Mundial, de acuerdo con las disposiciones de esta Constitución Mundial y según se especifique en las medidas promulgadas por el Parlamento Mundial.
  7. Preparar y presentar anualmente al Parlamento Mundial un presupuesto integral para las operaciones del Gobierno Mundial, y preparar y presentar periódicamente proyecciones presupuestarias durante períodos de varios años.
  8. Definir y proponer prioridades para la legislación mundial y las asignaciones presupuestarias.
  9. Ser responsable ante el Parlamento Mundial por los gastos de las asignaciones realizadas por el Parlamento Mundial de acuerdo con los presupuestos aprobados y a más largo plazo, sujeto a las revisiones aprobadas por el Parlamento Mundial.

Seccion. B Composición del Ejecutivo Mundial

El Ejecutivo Mundial estará formado por un Presidium de cinco miembros y un Gabinete Ejecutivo de veinte a treinta miembros, todos los cuales serán miembros del Parlamento Mundial.

Seccion. C El Presidium

  1. El Presidium estará compuesto por cinco miembros, uno para ser designado presidente y los otros cuatro para ser designados como vicepresidentes. Cada miembro del Presidium será de una División Continental diferente.
  2. La Presidencia del Presidium rotará cada año, con cada miembro a su vez para servir como Presidente, mientras que los otros cuatro sirven como Vicepresidentes. El orden de rotación será decidido por el Presidium.
  3. Las decisiones del Presidium se tomarán colectivamente, sobre la base de decisiones por mayoría.
  4. Cada miembro del Presidium será miembro del Parlamento Mundial, ya sea elegido para la Cámara de los Pueblos o para la Cámara de los Consejeros, o designado o elegido para la Cámara de las Naciones.
  5. Las nominaciones para el Presidium serán hechas por la Cámara de Consejeros. El número de nominados será de dos a tres veces el número por elegir. No más de un tercio de los nominados deberán ser de la Cámara de Consejeros o de la Casa de las Naciones, y los nominados deben ser de todas las Divisiones Continentales.
  6. De entre los nominados presentados por la Cámara de Consejeros, el Presidium será elegido por voto de los miembros combinados de las tres cámaras del Parlamento Mundial en sesión conjunta. Se requerirá un voto de pluralidad equivalente a al menos el 40 por ciento del total de miembros del Parlamento Mundial para la elección de cada miembro al Presidium, con votaciones de eliminación sucesivas tomadas según sea necesario hasta que se logre la pluralidad requerida.
  7. Los miembros del Presidium pueden ser removidos por causa, ya sea individual o colectivamente, por mayoría absoluta de votos de los miembros combinados de las tres cámaras del Parlamento Mundial en sesión conjunta.
  8. El mandato del Presidium será de cinco años y se ejecutará al mismo tiempo que los mandatos de los miembros como miembros del Parlamento Mundial, excepto que al final de cada período de cinco años, los miembros del Presidium en ejercicio continuarán en el cargo. hasta que se elija el nuevo Presidium para el período siguiente. La membresía en el Presidium se limitará a dos períodos consecutivos.

Seccion. D El gabinete ejecutivo

  1. El Gabinete Ejecutivo estará compuesto por veinte a treinta miembros, con al menos un miembro de cada una de las diez Magna-Regiones Electorales y Administrativas del mundo.
  2. Todos los miembros del Gabinete Ejecutivo serán miembros del Parlamento Mundial.
  3. No habrá más de dos miembros del Gabinete Ejecutivo de una sola nación de la Federación Mundial. Puede haber solo un miembro del Gabinete Ejecutivo de una nación de la cual un Miembro del Parlamento Mundial está sirviendo como miembro del Presidium.
  4. Cada miembro del Gabinete Ejecutivo servirá como jefe de un departamento o agencia de la Administración Mundial o Complejo Integrativo, y en esta capacidad será designado como Ministro del departamento o agencia en particular.
  5. Las nominaciones para miembros del Gabinete Ejecutivo serán hechas por el Presidium, tomando en consideración las diversas funciones que deben desempeñar los miembros del Gabinete Ejecutivo. El Presidium nominará no más de dos veces el número para ser elegido.
  6. El Gabinete Ejecutivo será elegido por mayoría simple de votos de los miembros combinados de las tres cámaras del Parlamento Mundial en sesión conjunta.
  7. Los miembros del Gabinete Ejecutivo, individual o colectivamente, pueden ser destituidos por causa justificada por mayoría absoluta de votos de los miembros combinados de las tres cámaras del Parlamento Mundial reunidas en sesión conjunta.
  8. El mandato en el Gabinete Ejecutivo será de cinco años y se ejecutará simultáneamente con los mandatos de los miembros como miembros del Parlamento Mundial, excepto que al final de cada período de cinco años, los miembros del Gabinete en funciones continuarán para servir hasta que se elija el nuevo Gabinete Ejecutivo para el período siguiente. La membresía en el Gabinete Ejecutivo se limitará a tres períodos consecutivos, independientemente del cambio en la posición ministerial.

Seccion. E Procedimientos del Ejecutivo Mundial

  1. El Presidium asignará los cargos ministeriales entre los miembros del Gabinete para encabezar los diversos departamentos administrativos y las principales agencias de la Administración y del Complejo Integrativo. Cada vicepresidente también puede servir como ministro para dirigir un departamento administrativo, pero no como presidente. Las posiciones ministeriales pueden cambiarse a discreción del Presidium. Un miembro del Gabinete o un Vicepresidente puede ocupar más de un puesto ministerial, pero no más de tres, siempre que ningún miembro del Gabinete esté sin un puesto ministerial.
  2. El Presidium, en consulta con el Gabinete Ejecutivo, preparará y presentará al Parlamento Mundial cerca del comienzo de cada año un programa propuesto de legislación mundial. El Presidium puede proponer otras leyes durante el año.
  3. El Presidium, en consulta con el Gabinete Ejecutivo y en consulta con la Administración Financiera Mundial, (ver Artículo VIII, Sec. G-1-i) será responsable de preparar y presentar al Parlamento Mundial el presupuesto anual propuesto y el presupuesto. proyecciones sobre períodos de años.
  4. Cada miembro del gabinete y vicepresidente como ministro de un departamento o agencia en particular preparará un informe anual para el departamento o agencia en particular, que se presentará tanto al Presidium como al Parlamento Mundial.
  5. Los miembros del Presidium y del Gabinete Ejecutivo en todo momento serán responsables tanto individual como colectivamente ante el Parlamento Mundial.
  6. Las vacantes que ocurran en cualquier momento en el Ejecutivo Mundial se llenarán dentro de los sesenta días mediante nominación y elección de la misma manera que se especificó para llenar los cargos originalmente.

Seccion. F Limitaciones del Ejecutivo Mundial

  1. El Ejecutivo Mundial no podrá en ningún momento alterar, suspender, abreviar, infringir o violar de otra manera ninguna disposición de esta Constitución Mundial o cualquier legislación o ley mundial promulgada o aprobada por el Parlamento Mundial de acuerdo con las disposiciones de esta Constitución Mundial.
  2. El Ejecutivo Mundial no tendrá poder de veto sobre ninguna legislación aprobada por el Parlamento Mundial.
  3. El Ejecutivo Mundial no puede disolver el Parlamento Mundial ni ninguna Cámara del Parlamento Mundial.
  4. El Ejecutivo Mundial no puede actuar en contra de las decisiones de los Tribunales Mundiales.
  5. El Ejecutivo Mundial estará obligado a ejecutar fielmente toda la legislación aprobada por el Parlamento Mundial de acuerdo con las disposiciones de esta Constitución Mundial, y no podrá incautar o negarse a gastar los fondos asignados por el Parlamento Mundial, ni gastar más fondos de los asignados por el Parlamento Mundial.
  6. El Ejecutivo Mundial no puede trascender o contradecir las decisiones o los controles del Parlamento Mundial, el Poder Judicial Mundial o las Disposiciones de esta Constitución Mundial mediante ningún dispositivo de orden ejecutiva o privilegio ejecutivo o declaración o decreto de emergencia.

Artículo 7 - La Administración Mundial

Seccion. A - Funciones de la Administración Mundial. 

  1. La Administración Mundial se organizará para llevar a cabo la administración e implementación continua y detallada de la legislación mundial y el derecho mundial.
  2. La Administración Mundial estará bajo la dirección del Ejecutivo Mundial y en todo momento será responsable ante el Ejecutivo Mundial.
  3. La Administración Mundial se organizará de manera que dé continuidad profesional al trabajo de administración e implementación.

Seccion. B - Estructura y procedimientos de la administración mundial

  1. La Administración Mundial estará compuesta por departamentos organizados profesionalmente y otras agencias en todas las áreas de actividad que requieran continuidad de administración e implementación por parte del Gobierno Mundial.

Cada Departamento o agencia principal de la Administración Mundial estará encabezada por un Ministro que será miembro del Gabinete Ejecutivo o Vicepresidente del Presidium.

Cada Departamento o agencia principal de la Administración Mundial tendrá como jefe de personal a un Administrador Superior, quien asistirá al Ministro y supervisará el trabajo detallado del Departamento o agencia.

  1. Cada Administrador Superior será nominado por el Ministro del Departamento o agencia en particular de entre las personas en las listas de altos cargos de la Administración de Servicio Civil Mundial, tan pronto como la Administración de Servicio Civil Mundial haya establecido listas de alto nivel, y deberá ser confirmado por el Presidio. Los nombramientos temporales calificados serán hechos por los Ministros, con la confirmación del Presidium, hasta que se establezcan las listas de altos cargos.
  2. Habrá un Secretario General de la Administración Mundial, quien será nominado por el Presidium y confirmado por mayoría absoluta de votos de todo el Gabinete Ejecutivo.
  3. Las funciones y responsabilidades del Secretario General de la Administración Mundial serán ayudar a coordinar el trabajo de los Administradores Superiores de los diversos Departamentos y agencias de la Administración Mundial. El Secretario General estará en todo momento sujeto a la dirección del Presidium y será directamente responsable ante el Presidium.
  4. El empleo de cualquier Administrador Superior y del Secretario General puede ser terminado por causa justificada por mayoría absoluta de votos tanto del Gabinete Ejecutivo como del Presidium combinados, pero no en contra de las reglas del servicio civil que protegen la tenencia por motivos de competencia.
  5. Cada Ministro de un Departamento o agencia de la Administración Mundial, siendo también Miembro del Parlamento Mundial, proporcionará un enlace continuo entre el Departamento o agencia particular y el Parlamento Mundial, responderá en cualquier momento a cualquier pregunta o solicitud de información del Parlamento, incluidos los comités de cualquier Cámara del Parlamento Mundial.
  6. El Presidium, en cooperación con los Ministros particulares en cada caso, será responsable de la organización original de cada uno de los Departamentos y agencias principales de la Administración Mundial.
  7. La asignación de medidas legislativas, disposiciones constitucionales y áreas del derecho mundial a Departamentos y agencias particulares para su administración e implementación será realizada por el Presidium en consulta con el Gabinete Ejecutivo y el Secretario General, a menos que se disponga específicamente en la legislación aprobada por el Parlamento Mundial.
  8. El Presidium, en consulta con el Gabinete Ejecutivo, puede proponer la creación de otros departamentos y agencias para tener estatus ministerial; y podrá proponer la alteración, combinación o terminación de Departamentos y agencias existentes de estatus ministerial según parezca necesario o deseable. Cualquier creación, alteración, combinación o terminación requerirá un voto de mayoría simple de aprobación de las tres cámaras del Parlamento Mundial en sesión conjunta.
  9. El Parlamento Mundial, por mayoría absoluta de votos de las tres cámaras en sesión conjunta, puede especificar la creación de nuevos departamentos o agencias de estatus ministerial en la Administración Mundial, o puede ordenar al Ejecutivo Mundial que altere, combine o elimine los departamentos o agencias ministeriales existentes. estado.
  10. El Presidium y el Ejecutivo Mundial no pueden crear, establecer o mantener ningún departamento o agencia administrativa o ejecutiva con el propósito de eludir el control del Parlamento Mundial.

Seccion. C - Departamentos de la Administración Mundial

Entre los departamentos y agencias de la Administración Mundial de estatus ministerial, pero sin limitarse a ellos y sujetos a combinaciones y a cambios en la terminología descriptiva, estarán aquellos enumerados bajo esta Sección. Cada área principal de la administración estará dirigida por un ministro del gabinete y un administrador principal, o por un vicepresidente y un administrador principal.

  1. Desarme y prevención de la guerra.
  2. Población.
  3. Comida y Agricultura.
  4. Suministros de agua y vías fluviales.
  5. Salud y nutrición.
  6. Educación.
  7. Diversidad cultural y artes.
  8. Hábitat y Asentamientos.
  9. Medio Ambiente y Ecología.
  10. Recursos Mundiales.
  11. Océanos y fondos marinos.
  12. Atmósfera y Espacio.
  13. Energía.
  14. Ciencia y Tecnología.
  15. Investigación e Ingeniería Genética.
  16. Trabajo e Ingresos.
  17. Desarrollo económico y social.
  18. Comercio e Industria.
  19. Transporte y viajes.
  20. Corporaciones multinacionales.
  21. Comunicaciones e información.
  22. Derechos humanos.
  23. Justicia distributiva.
  24. Cuerpo de Servicio Mundial.
  25. Territorios, capitales y parques del mundo.
  26. Relaciones Exteriores.
  27. Procedimientos democráticos.
  28. Ingresos.

Artículo 8 - El Complejo Integrativo

Seccion. Una definicion

Ciertas agencias administrativas, de investigación, planificación y facilitación del Gobierno Mundial que son particularmente esenciales para el funcionamiento satisfactorio de todos o la mayoría de los aspectos del Gobierno Mundial, serán designadas como el Complejo Integrativo. El Complejo Integrativo incluirá las agencias enumeradas en esta Sección, con la condición de que se puedan agregar otras agencias por recomendación del Presidium seguida de una decisión del Parlamento Mundial.

  1. La Administración del Servicio Civil Mundial.
  2. La Administración Mundial de Fronteras y Elecciones.
  3. El Instituto de Procedimientos Gubernamentales y Problemas Mundiales.
  4. La Agencia de Investigación y Planificación.
  5. La Agencia de Evaluación Tecnológica y Ambiental.
  6. La Administración Financiera Mundial.
  7. Comisión de Revisión Legislativa.

Cada agencia del Complejo Integrativo estará encabezada por un Ministro de Gabinete y un Administrador Senior, o por un Vicepresidente y un Administrador Senior, junto con una Comisión según se dispone a continuación. El reglamento de cada agencia se decidirá por decisión mayoritaria de los miembros de la Comisión junto con el Administrador y el Ministro o Vicepresidente.

El Parlamento Mundial puede en cualquier momento definir más las responsabilidades, el funcionamiento y la organización de las diversas agencias del Complejo Integrativo, de conformidad con las disposiciones del Artículo VIII y otras disposiciones de la Constitución Mundial.

Cada agencia del Complejo Integrativo deberá presentar un informe anual al Parlamento Mundial y al Presidium.

Seccion. B - La Administración de Servicio Civil Mundial

  1. Las funciones de la Administración de Servicio Civil Mundial serán las siguientes, pero no limitadas a ellas:
  1. Formular y definir estándares, calificaciones, pruebas, exámenes y escalas salariales para el personal de todos los órganos, departamentos, oficinas, oficinas, comisiones y agencias del Gobierno Mundial, de conformidad con las disposiciones de esta Constitución Mundial y que requieren la aprobación del Presidium. y Gabinete Ejecutivo, sujeto a revisión y aprobación del Parlamento Mundial.
  2. Establecer listas o listas de personal competente para todas las categorías de personal a ser nombrado o empleado al servicio del Gobierno Mundial.
  3. Seleccionar y emplear a solicitud de cualquier órgano gubernamental, departamento, oficina, oficina, instituto, comisión, agencia o funcionario autorizado, al personal competente que sea necesario y autorizado, excepto para aquellos puestos que se hagan electivos o designados conforme a las disposiciones del Constitución Mundial o por legislación específica del Parlamento Mundial.
  1. La Administración del Servicio Civil Mundial estará dirigida por una comisión de diez miembros además del Ministro del Gabinete o Vicepresidente y Administrador Principal. La Comisión estará compuesta por un comisionado de cada una de las diez Magna-Regiones Electorales y Administrativas Mundiales. Las personas que servirán como Comisionados serán nominadas por la Cámara de Consejeros y luego nombradas por el Presidium por períodos de cinco años. Los comisionados pueden servir términos consecutivos.

Seccion. C - La Administración Mundial de Fronteras y Elecciones

  1. Las funciones de la Administración Mundial de Límites y Elecciones incluirán las siguientes, pero no se limitarán a ellas:
  1. Definir los límites de los Distritos Electorales y Administrativos Mundiales básicos, las Regiones y Magna-Regiones Electorales y Administrativas Mundiales, y las Divisiones Continentales, para su presentación al Parlamento Mundial para su aprobación mediante acción legislativa.
  2. Hacer ajustes periódicos cada diez o cinco años, según sea necesario, de los límites de los Distritos Electorales y Administrativos Mundiales, las Regiones Electorales y Administrativas Mundiales y las Magna-Regiones, y de las Divisiones Continentales, sujeto a la aprobación del Parlamento Mundial.
  3. Definir los procedimientos detallados para la nominación y elección de miembros del Parlamento Mundial a la Cámara de los Pueblos y a la Cámara de Consejeros, sujeto a la aprobación del Parlamento Mundial.
  4. Llevar a cabo las elecciones de miembros del Parlamento Mundial a la Cámara de los Pueblos y a la Cámara de Consejeros.
  5. Antes de cada elección parlamentaria mundial, preparar folletos de información para los votantes que resuman los principales problemas públicos actuales, enumerarán a cada candidato para un cargo electivo junto con información estándar sobre cada candidato, y darán espacio para que cada candidato exprese sus puntos de vista. las cuestiones principales definidas, así como sobre cualquier otra cuestión importante de elección; incluir información sobre las iniciativas o referendos sobre los que se votará; distribuir los folletos de información para el votante para cada distrito electoral mundial o grupo de distritos adecuado; y obtener el asesoramiento del Instituto de Procedimientos Gubernamentales y Problemas Mundiales, la Agencia de Investigación y Planificación y la Agencia de Evaluación Tecnológica y Ambiental en la preparación de los folletos.
  6. Definir las reglas para los partidos políticos mundiales, sujeto a la aprobación del Parlamento Mundial y sujeto a la revisión y recomendaciones del Ombudsmus Mundial.
  7. Definir los procedimientos detallados para la iniciativa legislativa y el referéndum de los Ciudadanos de la Tierra, y llevar a cabo votaciones sobre iniciativas y referéndums supranacionales o globales en conjunto con las elecciones parlamentarias mundiales.
  8. Llevar a cabo plebiscitos cuando lo soliciten otros órganos del gobierno mundial y hacer recomendaciones para la solución de disputas fronterizas.
  9. Realizar un censo mundial cada cinco años y preparar y mantener análisis demográficos completos para la Tierra.
  1. La Administración Mundial de Límites y Elecciones estará encabezada por una comisión de diez miembros además del Administrador Principal y el Ministro o Vicepresidente del Gabinete. La comisión estará compuesta por un comisionado de cada diez Magna Regiones Electorales y Administrativas Mundiales. Las personas que servirán como comisionados serán nominadas por la Cámara de Consejeros y luego nombradas por el Presidium Mundial por períodos de cinco años. Los comisionados pueden servir términos consecutivos.

Seccion. D - Instituto de Procedimientos Gubernamentales y Problemas Mundiales

  1. Las funciones del Instituto de Procedimientos Gubernamentales y Problemas Mundiales serán las siguientes, pero no limitadas a ellas:
  1. Preparar y llevar a cabo cursos de información, educación y capacitación para todo el personal al servicio del Gobierno Mundial, incluidos los Miembros del Parlamento Mundial y todo el resto del personal electivo, designado y de servicio civil, para que toda persona al servicio del Mundo El gobierno puede tener una mejor comprensión de las funciones, estructura, procedimientos e interrelaciones de los diversos órganos, departamentos, oficinas, oficinas, institutos, comisiones, agencias y otras partes del gobierno mundial.
  2. Preparar y realizar cursos y seminarios de información, educación, discusión, actualización y nuevas ideas en todas las áreas de los problemas mundiales, particularmente para los miembros del Parlamento Mundial y del Ejecutivo Mundial, y para el personal jefe de todos los órganos, departamentos y agencias. del Gobierno Mundial, pero abierto a todos al servicio del Gobierno Mundial.
  3. Incorporar a personas calificadas de universidades públicas y privadas, facultades y organizaciones de investigación y acción de muchos países, así como a otras personas calificadas, para dar conferencias y ser especialistas en los cursos y seminarios organizados por el Instituto de Procedimientos Gubernamentales y Problemas Mundiales. .
  4. Contratar con universidades y colegios privados o públicos u otras agencias para realizar cursos y seminarios para el Instituto.
  1. El Instituto de Procedimientos Gubernamentales y Problemas Mundiales será supervisado por una comisión de diez miembros además del Administrador Principal y el Ministro o Vicepresidente del Gabinete. La comisión estará compuesta por un comisionado, cada uno de los cuales será nombrado por la Cámara de los Pueblos, la Cámara de las Naciones, la Cámara de Consejeros, el Presidium, el Colegio de Jueces Mundiales, el Ombudsmus Mundial, la Oficina del Fiscal General Mundial, la Agencia para Investigación y Planificación, la Agencia de Evaluación Tecnológica y Ambiental y la Administración Financiera Mundial. Los comisionados servirán términos de cinco años y pueden servir términos consecutivos.

Seccion. E - La Agencia de Investigación y Planificación

  1. Las funciones de la Agencia de Investigación y Planificación serán las siguientes, pero no limitadas a ellas:
  1. Servir al Parlamento Mundial, el Ejecutivo Mundial, la Administración Mundial y otros órganos, departamentos y agencias del Gobierno Mundial en cualquier asunto que requiera investigación y planificación dentro de la competencia de la agencia.
  2. Preparar y mantener un inventario completo de los recursos mundiales.
  3. Preparar planes integrales a largo plazo para el desarrollo, la conservación, el reciclaje y la distribución equitativa de los recursos de la Tierra en beneficio de todas las personas de la Tierra, sujeto a la acción legislativa del Parlamento Mundial.
  4. Elaborar y mantener una lista y descripción completa de todos los problemas mundiales, incluidas sus interrelaciones, proyecciones de tiempo de impacto y soluciones propuestas, junto con bibliografías.
  5. Investigar y ayudar a preparar medidas legislativas a pedido de cualquier Miembro del Parlamento Mundial o de cualquier comité de cualquier Cámara del Parlamento Mundial.
  6. Investigar y ayudar a preparar la legislación propuesta o los programas y horarios legislativos propuestos a solicitud del Presidium o del Gabinete Ejecutivo o de cualquier Ministro del Gabinete.
  7. Investigar y preparar informes a solicitud de cualquier otro órgano, departamento o agencia del Gobierno Mundial.
  8. Obtener la ayuda de universidades públicas y privadas, colegios, agencias de investigación y otras asociaciones y organizaciones para diversos proyectos de investigación y planificación.
  9. Contratar con universidades públicas y privadas, colegios, agencias de investigación y otras organizaciones para la elaboración de informes, estudios y propuestas específicas.
  10. Mantener una Biblioteca Mundial completa para el uso de todos los Miembros del Parlamento Mundial y para el uso de todos los demás funcionarios y personas al servicio del Gobierno Mundial, así como para información pública.
  1. La Agencia de Investigación y Planificación será supervisada por una comisión de diez miembros, además del Administrador Superior y el Ministro o Vicepresidente del Gabinete. La comisión estará compuesta por un comisionado, cada uno de los cuales será nombrado por la Cámara de los Pueblos, la Cámara de las Naciones, la Cámara de Consejeros, el Presidium, el Colegio de Jueces Mundiales, la Oficina del Fiscal General Mundial, el Ombudsmus Mundial, la Agencia para Evaluación tecnológica y ambiental, Instituto de Procedimientos Gubernamentales y Problemas Mundiales y Administración Financiera Mundial. Los comisionados servirán términos de cinco años y pueden servir términos consecutivos.

Seccion. F - La Agencia de Evaluación Tecnológica y Ambiental

  1. Las funciones de la agencia de Evaluación Tecnológica y Ambiental incluirán, entre otras, las siguientes:
  1. Establecer y mantener un registro y descripción de todas las innovaciones tecnológicas significativas, junto con proyecciones de impacto.
  2. Examinar, analizar y evaluar los impactos y las consecuencias de las innovaciones tecnológicas que pueden tener consecuencias significativas beneficiosas o perjudiciales o peligrosas para la vida humana o para la ecología de la vida en la Tierra, o que pueden requerir regulaciones o prohibiciones particulares para prevenir o eliminar peligros. o para asegurar beneficios.
  3. Examinar, analizar y evaluar los problemas ambientales y ecológicos, en particular los problemas ambientales y ecológicos que puedan resultar de las intrusiones o cambios del medio ambiente o las relaciones ecológicas que puedan ser causados por innovaciones tecnológicas, procesos de desarrollo de recursos, patrones de asentamientos humanos, la producción de energía, los patrones de desarrollo económico e industrial u otras intrusiones y cambios ambientales provocados por el hombre, o que puedan resultar de causas naturales.
  4. Mantener una red de monitoreo global para medir los posibles efectos nocivos de las innovaciones tecnológicas y las perturbaciones ambientales para que se puedan diseñar medidas correctivas.
  5. Preparar recomendaciones basadas en análisis y evaluaciones tecnológicas y ambientales, que puedan servir como guías para el Parlamento Mundial, el Ejecutivo Mundial, la Administración Mundial, la Agencia de Investigación y Planificación, y para los otros órganos, departamentos y agencias del Gobierno Mundial. , así como a las personas al servicio del Gobierno Mundial y a los gobiernos y cuerpos legislativos nacionales y locales.
  6. Conseguir la ayuda y participación voluntaria o contractual de universidades, facultades, instituciones de investigación y otras asociaciones y organizaciones públicas y privadas en la labor de evaluación tecnológica y ambiental.
  7. Conseguir la ayuda voluntaria o contractual y la participación de universidades y facultades privadas y públicas, instituciones de investigación y otras organizaciones para diseñar y desarrollar alternativas a tecnologías dañinas o peligrosas y actividades ambientalmente disruptivas, y para diseñar controles para asegurar resultados beneficiosos de las innovaciones tecnológicas o para prevenir resultados dañinos de innovaciones tecnológicas o cambios ambientales, todo sujeto a la legislación para su implementación por parte del Parlamento Mundial.
  1. La Agencia de Evaluación Tecnológica y Ambiental será supervisada por una comisión de diez miembros además del Administrador Superior y el Ministro o Vicepresidente del Gabinete. La comisión estará compuesta por un comisionado de cada una de las diez Magna-Regiones Electorales y Administrativas Mundiales. Las personas que servirán como comisionados serán nominadas por la Cámara de Consejeros y luego nombradas por el Presidium Mundial por períodos de cinco años. Los comisionados pueden servir términos consecutivos.

Seccion. G - La Administración Financiera Mundial

  1. Las funciones de la Administración Financiera Mundial incluirán las siguientes, entre otras:
  1. Establecer y operar los procedimientos para la recaudación de ingresos para el Gobierno Mundial, de conformidad con la legislación del Parlamento Mundial, incluidos impuestos, costos sociales y públicos contabilizados globalmente, licencias, tarifas, acuerdos de participación en los ingresos, ingresos derivados del público supranacional. empresas o proyectos o desarrollo de recursos, y todas las demás fuentes.
  2. Operar una Oficina de Contabilidad Planetaria y, en consecuencia, realizar estudios de costo / beneficio e informes del funcionamiento y las actividades del Gobierno Mundial y de sus diversos órganos, departamentos, sucursales, oficinas, oficinas, comisiones, institutos, agencias y otras partes o proyectos. Al realizar dichos estudios e informes, se tendrán en cuenta no solo los costos y beneficios financieros directos, sino también los costos y beneficios humanos, sociales, ambientales, indirectos, a largo plazo y de otro tipo, y los peligros y daños reales o posibles. Dichos estudios e informes también estarán diseñados para descubrir cualquier desperdicio, ineficiencia, mala aplicación, corrupción, desviación, costos innecesarios y otras posibles irregularidades.
  3. Realizar estudios e informes de costo / beneficio a solicitud de cualquier Cámara o comité del Parlamento Mundial, y del Presidium, el Gabinete Ejecutivo, el Ombudsmus Mundial, la Oficina del Fiscal General Mundial, la Corte Suprema Mundial o cualquier administración administrativa. departamento o cualquier agencia del Complejo Integrativo, así como por iniciativa propia.
  4. Operar una Oficina del Contralor Planetario y debajo de ella para supervisar el desembolso de los fondos del Gobierno Mundial para todos los propósitos, proyectos y actividades debidamente autorizados por esta Constitución Mundial, el Parlamento Mundial, el Ejecutivo Mundial y otros órganos, departamentos y agencias del Gobierno mundial.
  5. Establecer y operar un Sistema Bancario Planetario, haciendo la transición a una moneda global común, bajo los términos de la legislación específica aprobada por el Parlamento Mundial.
  6. De acuerdo con la legislación específica promulgada por el Parlamento Mundial, y en conjunto con el Sistema Bancario Planetario, establecer e implementar los procedimientos de un Sistema Monetario y Crediticio Planetario basado en la capacidad productiva y el desempeño útil, tanto en bienes como en servicios. Dicho sistema monetario y crediticio se diseñará para su uso dentro del Sistema Bancario Planetario para el financiamiento de las actividades y proyectos del Gobierno Mundial, y para todos los demás propósitos financieros aprobados por el Parlamento Mundial, sin requerir el pago de intereses sobre bonos, inversiones u otras reclamaciones de propiedad financiera o deudas.
  7. Establecer criterios para la extensión de crédito financiero basados en consideraciones tales como personas disponibles para trabajar, utilidad, contabilidad costo / beneficio, valores humanos y sociales, salud y estética ambiental, minimización de disparidades, integridad, gestión competente, tecnología apropiada, producción potencial y actuación.
  8. Establecer y operar un Sistema de Seguro Planetario en áreas de necesidad mundial que trasciendan las fronteras nacionales y de acuerdo con la legislación aprobada por el Parlamento Mundial.
  9. Ayudar al Presidium según se solicite en la preparación técnica de presupuestos para el funcionamiento del Gobierno Mundial.
  1. La Administración Financiera Mundial será supervisada por una comisión de diez miembros, junto con un Administrador Superior y un Ministro de Gabinete o Vicepresidente. La comisión estará compuesta por un comisionado, cada uno de los cuales será nombrado por la Cámara de los Pueblos, la Cámara de las Naciones, la Cámara de Consejeros, el Presidium, el Colegio de Jueces Mundiales, la Oficina del Fiscal General, el Ombudsmus Mundial, la Agencia para Investigación y Planificación, la Agencia para la Evaluación Tecnológica y Ambiental y el Instituto de Procedimientos Gubernamentales y Problemas Mundiales. Los comisionados servirán términos de cinco años y pueden servir términos consecutivos.

Seccion. H - Comisión de Revisión Legislativa

  1. Las funciones de la Comisión de Revisión Legislativa serán examinar la Legislación Mundial y las Leyes Mundiales que el Parlamento Mundial promulgue o adopte del Cuerpo de Derecho Internacional anterior con el propósito de analizar si alguna legislación o ley en particular se ha vuelto obsoleta u obstructora o defectuosa en servir a los fines previstos; y hacer recomendaciones al Parlamento Mundial en consecuencia para su derogación, enmienda o reemplazo.
  2. La Comisión de Revisión Legislativa estará compuesta por doce miembros, dos de los cuales serán elegidos por la Cámara de los Pueblos, la Casa de las Naciones, la Cámara de Consejeros, el Colegio de Jueces Mundiales, el Ombudsmus Mundial y el Presidium. Los miembros de la Comisión servirán términos de diez años y pueden ser reelegidos para servir términos consecutivos. La mitad de los miembros de la Comisión, después de que se haya formado por primera vez, serán elegidos cada cinco años, y los primeros mandatos de la mitad de los miembros serán sólo de cinco años.

Artículo 9 - El poder judicial mundial

Seccion. A - Jurisdicción de la Corte Suprema Mundial

  1. Se establecerá un Tribunal Supremo Mundial, junto con los Tribunales Mundiales regionales y de distrito que posteriormente se consideren necesarios. La Corte Suprema Mundial estará compuesta por varios tribunales.
  2. El Tribunal Supremo Mundial, junto con los Tribunales Mundiales regionales y de distrito que se establezcan, tendrá jurisdicción obligatoria en todos los casos, acciones, disputas, conflictos, violaciones de la ley, demandas civiles, garantías de derechos civiles y humanos, interpretaciones constitucionales y otros litigios que surjan bajo las disposiciones de esta Constitución Mundial, la legislación mundial y el cuerpo de la ley mundial aprobada por el Parlamento Mundial.
  3. Las decisiones de la Corte Suprema Mundial serán vinculantes para todas las partes involucradas en todos los casos, acciones y litigios presentados ante cualquier tribunal de la Corte Suprema Mundial para su resolución. Cada tribunal de la Corte Suprema Mundial constituirá un tribunal de apelación más alto, excepto cuando se asignen o transfieran asuntos de importancia pública extraordinaria al Tribunal Superior de la Corte Suprema Mundial, según lo dispuesto en la Sección E del Artículo IX.

Seccion. B - Bancos de la Corte Suprema Mundial

Los bancos de la Corte Suprema Mundial y sus respectivas jurisdicciones serán los siguientes:

  1. Banco de Derechos Humanos: Para tratar las cuestiones de derechos humanos que surjan bajo la garantía de los derechos civiles y humanos prevista por el Artículo XIII de esta Constitución Mundial, y que surjan en cumplimiento de las disposiciones del Artículo XIII de esta Constitución Mundial, y que surjan de otra manera bajo el legislación y el cuerpo de leyes mundiales aprobados por el Parlamento Mundial.
  2. Banco de Casos Criminales: Para tratar asuntos que surjan de la violación de las leyes mundiales y la legislación mundial por parte de individuos, corporaciones, grupos y asociaciones, pero no asuntos relacionados principalmente con los derechos humanos.
  3. Banco de Casos Civiles: Para tratar asuntos relacionados con juicios de derecho civil y disputas entre individuos, corporaciones, grupos y asociaciones que surjan bajo la legislación mundial y la ley mundial y su administración.
  4. Banco de Casos Constitucionales: Para ocuparse de la interpretación de la Constitución Mundial y de las cuestiones y acciones que surjan en relación con la interpretación de la Constitución Mundial.
  5. Banco de Conflictos Internacionales: Para atender disputas, conflictos y disputas legales que surjan entre las naciones que se han unido a la Federación de la Tierra.
  6. Banco para Casos Públicos: Para tratar asuntos que no están bajo la jurisdicción de otro tribunal que surjan de conflictos, disputas, demandas civiles u otras disputas legales entre el Gobierno Mundial y corporaciones, grupos o individuos, o entre gobiernos nacionales y corporaciones, grupos o individuos en casos que involucran legislación mundial y derecho mundial.
  7. Banco de Apelaciones: Para tratar asuntos relacionados con la legislación mundial y el derecho mundial que pueden ser apelados por los tribunales nacionales; y decidir a qué tribunal asignar un caso o acción o litigio cuando surja una pregunta o desacuerdo sobre la jurisdicción adecuada.
  8. Banco Asesor: Para emitir opiniones a pedido sobre cualquier cuestión legal que surja bajo la ley mundial o la legislación mundial, excluyendo concursos o acciones que involucren la interpretación de la Constitución Mundial. Las opiniones consultivas pueden ser solicitadas por cualquier Cámara o comité del Parlamento Mundial, por el Presidium, cualquier Departamento Administrativo, la Oficina del Fiscal General Mundial, el Ombudsmus Mundial o por cualquier agencia del Complejo Integrativo.
  9. Pueden establecerse, combinarse o cancelarse otros bancos por recomendación del Colegio de Jueces Mundiales con la aprobación del Parlamento Mundial; pero los escaños del uno al ocho no pueden combinarse ni terminarse excepto mediante enmienda de esta Constitución Mundial.

Seccion. C - Sedes de la Corte Suprema Mundial

  1. La sede principal de la Corte Suprema Mundial y todos los bancos serán los mismos que para la ubicación de la Capital Mundial Primaria y para la ubicación del Parlamento Mundial y el Ejecutivo Mundial.
  2. Las sedes continentales de la Corte Suprema Mundial se establecerán en las cuatro capitales secundarias del Gobierno Mundial ubicadas en cuatro Divisiones Continentales diferentes de la Tierra, según lo dispuesto en el Artículo XV.
  3. Los siguientes bancos permanentes de la Corte Suprema Mundial se establecerán tanto en la sede principal como en cada una de las sedes continentales: Derechos Humanos, Casos Penales, Casos Civiles y Casos Públicos.
  4. Los siguientes bancos permanentes de la Corte Suprema Mundial estarán ubicados solo en la sede principal de la Corte Suprema Mundial: Casos Constitucionales, Conflictos Internacionales, Banco de Apelaciones y Banco Asesor.
  5. Los bancos que están ubicados permanentemente solo en la sede principal de la Corte Suprema Mundial pueden celebrar sesiones especiales en las otras sedes continentales de la Corte Suprema Mundial cuando sea necesario, o pueden establecer circuitos continentales si es necesario.
  6. Los bancos de la Corte Suprema Mundial que tienen ubicaciones continentales permanentes pueden celebrar sesiones especiales en otras ubicaciones cuando sea necesario, o pueden establecer circuitos regionales si es necesario.

Seccion. D - El colegio de jueces mundiales

  1. El Parlamento Mundial establecerá un Colegio de Jueces Mundiales. El Colegio estará compuesto por un mínimo de veinte jueces miembros y podrá ampliarse según sea necesario, pero sin exceder los sesenta miembros.
  2. Los Jueces Mundiales para componer el Colegio de Jueces Mundiales serán nominados por la Cámara de Consejeros y serán elegidos por mayoría de votos de las tres Cámaras del Parlamento Mundial en sesión conjunta. La Cámara de Consejeros nominará entre dos y tres veces el número de jueces mundiales que se elegirán en cualquier momento. Se elegirá un número igual de Jueces Mundiales de cada una de las diez Magna-Regiones Electorales y Administrativas Mundiales, si no inmediatamente, por rotación.
  3. El mandato de un juez mundial será de diez años. Los términos sucesivos pueden cumplirse sin límite.
  4. El Colegio de Jueces Mundiales elegirá un Consejo Presidente de Jueces Mundiales, compuesto por un Presidente del Tribunal Supremo y cuatro Jueces Principales Asociados. Se elegirá un miembro del Consejo Presidente de Jueces Mundiales de cada una de las cinco Divisiones Continentales de la Tierra. Los miembros del Consejo que preside de jueces mundiales servirán términos de cinco años en el Consejo que preside, y pueden servir dos términos sucesivos, pero no dos términos sucesivos como Presidente del Tribunal Supremo.
  5. El Consejo Presidente de Jueces Mundiales asignará a todos los Jueces Mundiales, incluidos ellos mismos, a los distintos bancos de la Corte Suprema Mundial. Cada banco para una sesión en cada ubicación deberá tener un mínimo de tres Jueces Mundiales, excepto que el número de Jueces Mundiales para los bancos en Casos Continentales y Conflictos Internacionales, y el Banco de Apelaciones, no será menor a cinco.
  6. Los jueces miembros de cada tribunal en cada lugar elegirán anualmente un juez presidente, que podrá servir dos mandatos sucesivos.
  7. Los miembros de los distintos bancos pueden ser reconstituidos de vez en cuando, según parezca deseable o necesario, según la decisión del Consejo de Jueces Mundiales que preside. Cualquier decisión de reconstituir un banco se remitirá a votación de todo el Colegio de Jueces Mundiales a solicitud de cualquier Juez Mundial.
  8. Cualquier Juez Mundial puede ser destituido de su cargo por causa justificada por una mayoría absoluta de dos tercios de las tres Cámaras del Parlamento Mundial en sesión conjunta.
  9. Las calificaciones para los jueces de la Corte Suprema Mundial deberán ser de al menos diez años de experiencia legal o jurídica, edad mínima de treinta años y competencia evidente en el derecho mundial y las humanidades.
  10. Los sueldos, gastos, remuneraciones y prerrogativas de los Jueces Mundiales serán determinados por el Parlamento Mundial y se revisarán cada cinco años, pero no se modificarán en perjuicio de ningún Juez Mundial durante un mandato. Todos los miembros del Colegio de Jueces Mundiales recibirán los mismos salarios, excepto que se podrá otorgar una compensación adicional al Consejo Presidente de Jueces Mundiales.
  11. Por recomendación del Colegio de Jueces Mundiales, el Parlamento Mundial tendrá la autoridad para establecer tribunales mundiales regionales y de distrito por debajo del Tribunal Supremo Mundial, y para establecer las jurisdicciones de los mismos, y los procedimientos de apelación ante el Tribunal Supremo Mundial o ante los diversos bancos de los mismos.
  12. Las reglas detalladas de procedimiento para el funcionamiento de la Corte Suprema Mundial, el Colegio de Jueces Mundiales y para cada tribunal de la Corte Suprema Mundial se decidirán y enmendarán por mayoría absoluta de votos del Colegio de Jueces Mundiales.

Seccion. E - El Tribunal Superior de la Corte Suprema Mundial

  1. Se establecerá un Tribunal Superior de la Corte Suprema Mundial para tomar casos que se consideren de importancia pública extraordinaria. El Tribunal Superior para cualquier año calendario consistirá en el Consejo Presidente de Jueces Mundiales junto con un Juez Mundial nombrado por el Juez Presidente de cada tribunal de la Corte Mundial sentado en la sede principal de la Corte Suprema Mundial. La composición del Tribunal Superior puede continuar sin cambios por un segundo año por decisión del Consejo Presidente de Jueces Mundiales.
  2. Cualquier parte en cualquier disputa, asunto, caso o litigio que esté bajo la jurisdicción de la Corte Suprema Mundial, puede solicitar a cualquier tribunal particular de la Corte Suprema Mundial o al Consejo Presidente de Jueces Mundiales la asignación o transferencia del caso al Tribunal Superior por motivos de extraordinaria importancia pública. Si se concede la solicitud, el caso será escuchado y resuelto por el Tribunal Superior. Además, cualquier tribunal que tome un caso en particular, si está convencido de que el caso es de una importancia pública extraordinaria, puede, a su discreción, transferir el caso al Tribunal Superior.

Artículo 10 - El sistema de ejecución

Seccion. A - Principios básicos

  1. La aplicación de la ley mundial y la legislación mundial se aplicará directamente a los individuos, y los individuos serán responsables del cumplimiento de la ley mundial y la legislación mundial independientemente de si los individuos están actuando en su propia capacidad o como agentes o funcionarios de los gobiernos en cualquier nivel o de las instituciones de los gobiernos, o como agentes o funcionarios de corporaciones, organizaciones, asociaciones o grupos de cualquier tipo.
  2. Cuando se viola la ley mundial o la legislación mundial o las decisiones de los tribunales mundiales, el Sistema de Ejecución operará para identificar y detener a las personas responsables de las violaciones.
  3. Cualquier acción de ejecución no violará los derechos civiles y humanos garantizados por esta Constitución Mundial.
  4. La aplicación de la ley mundial y la legislación mundial se llevará a cabo en el contexto de una federación mundial no militar en la que todas las naciones miembros se desarmarán como condición para unirse y beneficiarse de la federación mundial, sujeto al Artículo X VII, Sec. C-8 y D-6. La Federación de Gobiernos de la Tierra y del Mundo en virtud de esta Constitución Mundial no conservará ni utilizará armas de destrucción masiva.
  5. Aquellos agentes del sistema de ejecución cuya función sea aprehender y llevar a los tribunales a los infractores de la ley mundial y la legislación mundial estarán equipados únicamente con las armas que sean apropiadas para la aprehensión de los individuos responsables de las violaciones.
  6. La aplicación de la ley mundial y la legislación mundial bajo esta Constitución Mundial se concebirá y desarrollará principalmente como los procesos de diseño y administración efectivos de la ley mundial y la legislación mundial para servir al bienestar de todas las personas en la Tierra, con equidad y justicia para todos, en que los recursos de la Tierra y los fondos y los créditos del Gobierno Mundial se utilizan únicamente para satisfacer necesidades humanas pacíficas, y ninguno se utiliza para armas de destrucción masiva o para la capacidad de hacer la guerra.

Seccion. B - La estructura para la ejecución: fiscales generales mundiales

  • El Sistema de Ejecución estará encabezado por una Oficina de Fiscales Mundiales y una Comisión de Fiscales Mundiales Regionales.
  • La Oficina del Fiscal General Mundial estará compuesta por cinco miembros, uno de los cuales será designado Fiscal General Mundial y los otros cuatro serán designados Fiscal General Mundial Asociado.
  • La Comisión de Fiscales Mundiales Regionales estará formada por veinte Abogados Mundiales Regionales.
  • Los miembros que integrarán la Oficina del Fiscal General Mundial serán nominados por la Cámara de Consejeros, con tres nominados de cada División Continental de la Tierra. Un miembro de la Oficina será elegido de cada una de las cinco Divisiones Continentales por mayoría de votos de las tres cámaras del Parlamento Mundial en sesión conjunta.
  • El mandato de un miembro de la Oficina del Fiscal General Mundial será de diez años. Un miembro puede servir dos mandatos consecutivos. El cargo de Fiscal General Mundial rotará cada dos años entre los cinco miembros de la Oficina. El orden de rotación se decidirá entre los cinco miembros de la Oficina.
  • La Oficina de Procuradores Generales Mundiales nominará miembros para la Comisión de veinte Procuradores Mundiales Regionales de las veinte Regiones Electorales y Administrativas Mundiales, con entre dos y tres nominados presentados para cada Región. De estas nominaciones, las tres Cámaras del Parlamento Mundial en sesión conjunta elegirán un Abogado Mundial Regional de cada una de las veinte Regiones. Los abogados mundiales regionales servirán términos de cinco años, y pueden servir tres términos consecutivos.
  • Cada Fiscal Mundial Regional organizará y estará a cargo de una Oficina de Fiscal Mundial Regional. Cada Fiscal General Mundial Asociado supervisará cinco Oficinas de Fiscales Mundiales Regionales.
  • El personal para llevar a cabo el trabajo de ejecución, además de los cinco miembros de la Oficina de Procuradores Generales Mundiales y los veinte Procuradores Mundiales Regionales, serán seleccionados de listas de servicio civil y estarán organizados para las siguientes funciones:
  • Investigación.
  • Detención y arresto
  • Enjuiciamiento.
  • Remedios y corrección.
  • La resolución de conflictos.
  • Las calificaciones para un miembro de la Oficina de Procuradores Generales Mundiales y para los Procuradores Mundiales Regionales deberán tener al menos treinta años de edad, al menos siete años de experiencia legal y educación en derecho y humanidades.
  • El Fiscal General Mundial, los Fiscales Generales Asociados y los Fiscales Mundiales Regionales serán en todo momento responsables ante el Parlamento Mundial. Cualquier miembro de la Oficina del Fiscal General Mundial y cualquier Fiscal Mundial Regional puede ser destituido de su cargo por causa justificada por el voto de la mayoría simple de las tres Cámaras del Parlamento Mundial en sesión conjunta.

Seccion. C - La policía mundial

  1. Esa sección del personal de la Oficina de Procuradores Generales Mundiales y de las Oficinas de Procuradores Mundiales Regionales responsables de la aprehensión y arresto de infractores de la ley mundial y la legislación mundial, será designada como Policía Mundial.
  2. Cada personal regional de la Policía Mundial estará encabezado por un Capitán de la Policía Mundial Regional, quien será designado por el Fiscal Mundial Regional.
  3. La Oficina del Fiscal General Mundial nombrará un Supervisor de Policía Mundial, que estará a cargo de aquellas actividades que trasciendan las fronteras regionales. El Supervisor de la Policía Mundial dirigirá a los Capitanes de la Policía Mundial Regional en cualquier acción que requiera una acción coordinada o conjunta que trascienda los límites regionales, y dirigirá cualquier acción que requiera la iniciación o dirección de la Oficina del Fiscal General Mundial.
  4. Los registros y arrestos que realizará la Policía Mundial se realizarán únicamente mediante órdenes emitidas por la Oficina del Fiscal General Mundial o por un Fiscal Mundial Regional.
  5. La Policía Mundial estará armada únicamente con armas apropiadas para la captura de los individuos responsables de la violación de la ley mundial.
  6. El empleo en la capacidad de Capitán de Policía Mundial y Supervisor de Policía Mundial se limitará a diez años.
  7. El Supervisor de Policía Mundial y cualquier Capitán de Policía Mundial Regional pueden ser destituidos de su cargo por causa justificada por decisión de la Oficina del Fiscal General Mundial o por mayoría absoluta de votos de las tres Cámaras del Parlamento Mundial en sesión conjunta.

Seccion. D - Los medios de ejecución

  1. Los medios no militares para hacer cumplir la ley mundial y la legislación mundial serán desarrollados por el Parlamento Mundial y por la Oficina del Fiscal General Mundial en consulta con la Comisión de Procuradores Mundiales Regionales, el Colegio de Jueces Mundiales, el Presidium Mundial y el Mundo. Defensor del Pueblo. Los medios reales de ejecución requerirán legislación por parte del Parlamento Mundial.
  2. Los medios de ejecución no militares que se pueden desarrollar pueden incluir: Denegación de crédito financiero; negación de recursos materiales y personal; revocación de licencias, estatutos o derechos corporativos; incautación de equipo; multas y pagos por daños; realización de trabajos para rectificar daños; encarcelamiento o aislamiento; y otros medios adecuados a las situaciones específicas.
  3. Para hacer frente a situaciones de disturbios potenciales o reales, insurrección y recurso a la violencia armada, el Parlamento Mundial y la Oficina de los Procuradores Generales Mundiales deberán desarrollar estrategias y métodos particulares en consulta con la Comisión de Fiscales Mundiales Regionales, el Collegium of World Jueces, el Presidium y el Defensor del Pueblo Mundial. Tales estrategias y métodos requerirán una legislación habilitante por parte del Parlamento Mundial cuando sea necesario, además de las disposiciones específicas de esta Constitución Mundial.
  4. Una condición básica para prevenir estallidos de violencia que el Sistema de Aplicación de la Ley facilitará en todas las formas posibles, será asegurar una audiencia justa en circunstancias no violentas para cualquier persona o grupo que tenga una queja, y de la misma manera asegurar una oportunidad justa para un juicio justo. resolución de cualquier agravio teniendo debidamente en cuenta los derechos y el bienestar de todos los interesados.

Artículo 11 - El Ombudsmus Mundial

Seccion. A - Funciones y poderes del Ombudsmus mundial

Las funciones y poderes del Ombudsmus Mundial, como defensor público, incluirán lo siguiente:

  1. Proteger a la gente de la Tierra y a todas las personas contra las violaciones o el descuido de los derechos humanos y civiles universales estipulados en el artículo 12 y otras secciones de esta Constitución mundial.
  2. Para proteger a la Gente de la Tierra contra las violaciones de esta Constitución Mundial por parte de cualquier funcionario o agencia del Gobierno Mundial, incluidos funcionarios o empleados públicos electos y designados, independientemente de su órgano, departamento, oficina, agencia o rango.
  3. Presionar para la implementación de los Principios Directivos para el Gobierno Mundial como se define en el Artículo 13 de esta Constitución Mundial.
  4. Promover el bienestar de la gente de la Tierra buscando asegurar que se logren las condiciones de justicia social y de minimizar las disparidades en la implementación y administración de la legislación mundial y el derecho mundial.
  5. Mantenerse alerta ante los peligros para la humanidad derivados de las innovaciones tecnológicas, las alteraciones ambientales y otras fuentes diversas, y lanzar iniciativas para la corrección o prevención de dichos peligros.
  6. Para asegurarse de que la administración de leyes, ordenanzas y procedimientos del Gobierno Mundial que de otro modo serían apropiados no resulten en injusticias o inequidades imprevistas, ni se vean embrutecidos por la burocracia o los detalles de la administración.
  7. Recibir y escuchar quejas, quejas o solicitudes de ayuda de cualquier persona, grupo, organización, asociación, organismo político o agencia en relación con cualquier asunto que sea de la competencia del Ombudsmus Mundial.
  8. Solicitar a la Oficina del Fiscal General Mundial o cualquier Fiscal Mundial Regional que inicie acciones legales o procedimientos judiciales cuando y donde se considere necesario o deseable en opinión del Ombudsmus Mundial.
  9. Iniciar directamente acciones legales y procedimientos judiciales siempre que el Ombudsmus Mundial lo considere necesario.
  10. Revisar el funcionamiento de los departamentos, oficinas, oficinas, comisiones, institutos, órganos y agencias del Gobierno Mundial para determinar si los procedimientos del gobierno mundial están cumpliendo adecuadamente con sus propósitos y sirviendo al bienestar de la humanidad de manera óptima, y para hacer recomendaciones de mejoras.
  11. Presentar un informe anual al Parlamento Mundial y al Presidium sobre las actividades del Ombudsmus Mundial, junto con cualquier recomendación de medidas legislativas para mejorar el funcionamiento del Gobierno Mundial con el propósito de servir mejor al bienestar de la Gente de la Tierra.

Seccion. B - Composición del Ombudsmus Mundial

  1. El Defensor del Pueblo Mundial estará encabezado por un Consejo de Defensores del Pueblo Mundial de cinco miembros, uno de los cuales será designado Defensor del Pueblo Mundial Principal, mientras que los otros cuatro serán designados cada uno como Defensor del Pueblo Asociado Mundial.
  2. Los miembros que componen el Consejo de Defensores Mundiales serán nominados por la Cámara de Consejeros, con tres nominados de cada División Continental de la Tierra. Un miembro del Consejo será elegido de cada una de las cinco Divisiones Continentales por voto plural de las tres Cámaras del Parlamento Mundial en sesión conjunta.
  3. El mandato de un Ombudsan mundial será de diez años. Un Ombudsan Mundial puede cumplir dos mandatos sucesivos. El cargo de Ombudsan Principal Mundial se rotará cada dos años. El orden de rotación será determinado por el Consejo del Ombudsen Mundial.
  4. El Consejo de Defensores Mundiales estará asistido por una Comisión de Defensores Mundiales de veinte miembros. Los miembros de la Comisión de Defensores Mundiales serán nominados por el Consejo de Defensores Mundiales de veinte Regiones Electorales y Administrativas Mundiales, con entre dos y tres nominados presentados para cada Región. Un Defensor Mundial será elegido de cada una de las veinte Regiones Electorales y Administrativas Mundiales por las tres Cámaras del Parlamento Mundial en sesión conjunta. Los defensores del mundo servirán términos de cinco años, y pueden servir un máximo de cuatro términos sucesivos.
  5. El Consejo del Ombudsen Mundial establecerá veinte oficinas regionales, además de la oficina mundial principal en la sede principal del Gobierno Mundial. Las veinte oficinas regionales del Ombudsmus Mundial serán paralelas a la organización de las veinte Oficinas del Fiscal Mundial Regional.
  6. Cada oficina regional del Ombudsmus Mundial estará dirigida por un Defensor Mundial. Cada cinco oficinas regionales del Ombudmus Mundial serán supervisadas por un Ombudsan Mundial Asociado.
  7. Cualquier Ombudsan Mundial y cualquier Defensor Mundial pueden ser destituidos de su cargo por causa justificada por mayoría absoluta de votos de las tres Cámaras del Parlamento Mundial en sesión conjunta.
  8. Los miembros del personal del Ombudsmus Mundial y de cada oficina regional del Ombudsmus Mundial serán seleccionados y empleados a partir de listas de funcionarios.
  9. Las calificaciones para  y World Advocate deberán tener al menos treinta años de edad, al menos cinco años de experiencia legal y educación en derecho y otra educación relevante.

Artículo 12 - Declaración de derechos para los ciudadanos de la Tierra

Los habitantes y ciudadanos de la Tierra que se encuentren dentro de la Federación de la Tierra tendrán ciertos derechos inalienables definidos a continuación. Será obligatorio para el Parlamento Mundial, el Ejecutivo Mundial y todos los órganos y agencias del Gobierno Mundial honrar, implementar y hacer cumplir estos derechos, así como para los gobiernos nacionales de todas las naciones miembros de la Federación de la Tierra hacer lo mismo. . Las personas o grupos que sufran una violación o negligencia de tales derechos tendrán pleno recurso a través del Ombudsmus Mundial, el Sistema de Ejecución y los Tribunales Mundiales para la reparación de agravios. Los derechos inalienables incluirán los siguientes:

  1. Igualdad de derechos para todos los ciudadanos de la Federación de la Tierra, sin discriminación por motivos de raza, color, casta, nacionalidad, sexo, religión, afiliación política, propiedad o condición social.
  2. Igual protección y aplicación de la legislación mundial y las leyes mundiales para todos los ciudadanos de la Federación de la Tierra.
  3. Libertad de pensamiento y conciencia, expresión, prensa, escritura, comunicación, expresión, publicación, radiodifusión, transmisión por televisión y cine, excepto como parte abierta o incitación a la violencia, disturbios armados o insurrección.
  4. Libertad de reunión, asociación, organización, petición y manifestación pacífica.
  5. Libertad de voto sin coacción y libertad de organización política y campaña sin censura ni recriminación.
  6. Libertad para profesar, practicar y promover creencias religiosas o religiosas o ninguna religión o creencia religiosa.
  7. Libertad para profesar y promover creencias políticas o no creencias políticas.
  8. Libertad para investigar, investigar y reportar.
  9. Libertad para viajar sin pasaporte o visas u otras formas de registro utilizadas para limitar los viajes entre naciones o dentro de ellas.
  10. Prohibición de la esclavitud, el peonaje, la servidumbre involuntaria y el servicio militar obligatorio.
  11. Prohibición del servicio militar obligatorio.
  12. Seguridad de la persona frente a arrestos, detenciones, exilios, registros o incautaciones arbitrarios o irrazonables; requisito de órdenes judiciales para registros y arrestos.
  13. Prohibición de la coacción o tortura física o psicológica durante cualquier período de investigación, arresto, detención o encarcelamiento, y contra castigos crueles o inusuales.
  14. Derecho de hábeas corpus; sin leyes ex post facto; sin doble incriminación; derecho a rechazar la autoincriminación o la incriminación de otro.
  15. Prohibición de ejércitos privados y organizaciones paramilitares como amenazas a la paz y seguridad comunes.
  16. Seguridad de la propiedad frente a la incautación arbitraria; protección contra el ejercicio del poder de dominio eminente sin una compensación razonable.
  17. Derecho a la planificación familiar y asistencia pública gratuita para lograr los objetivos de planificación familiar.
  18. Derecho a la intimidad de la persona, la familia y la asociación; prohibición de la vigilancia como medio de control político.

Artículo 13 - Principios rectores para el gobierno mundial

Será el objetivo del Gobierno Mundial asegurar ciertos otros derechos para todos los habitantes dentro de la Federación de la Tierra, pero sin garantía inmediata de logro y cumplimiento universal. Estos derechos se definen como Principios Directivos, que obligan al Gobierno Mundial a buscar todos los medios razonables para la realización e implementación universales, e incluirán lo siguiente:

  1. Igualdad de oportunidades de empleo útil para todos, con salario o remuneración suficiente para asegurar la dignidad humana.
  2. Libertad de elección en el trabajo, ocupación, empleo o profesión.
  3. Acceso pleno a la información y al conocimiento acumulado de la raza humana.
  4. Educación pública gratuita y adecuada disponible para todos, extendiéndose al nivel preuniversitario; Igualdad de oportunidades para la educación primaria y superior para todas las personas; igualdad de oportunidades de educación continua para todas las personas a lo largo de la vida; el derecho de cualquier persona o padre a elegir una institución educativa privada en cualquier momento.
  5. Servicios de salud pública y atención médica gratuitos y adecuados disponibles para todos durante toda la vida en condiciones de libre elección.
  6. Igualdad de oportunidades de ocio para todos; mejor distribución de la carga de trabajo de la sociedad para que todas las personas puedan tener oportunidades equitativas de tiempo libre.
  7. Igualdad de oportunidades para que todos disfruten de los beneficios de los descubrimientos y desarrollos científicos y tecnológicos.
  8. Protección para todos contra los peligros y peligros de las innovaciones y desarrollos tecnológicos.
  9. Protección del medio ambiente natural, que es patrimonio común de la humanidad, contra la contaminación, la alteración ecológica o los daños que podrían poner en peligro la vida o disminuir la calidad de vida.
  10. Conservación de aquellos recursos naturales de la Tierra que son limitados para que las generaciones presentes y futuras puedan seguir disfrutando de la vida en el planeta Tierra.
  11. Garantía para todos de una vivienda adecuada, de suministros alimentarios adecuados y nutritivos, de un suministro de agua potable y adecuado, de aire puro con protección de los suministros de oxígeno y la capa de ozono y, en general, para la continuidad de un medio ambiente que pueda sustentar una vida saludable para todos. .
  12. Asegure a cada niño el derecho a la plena realización de su potencial.
  13. Seguridad Social para todos para aliviar los peligros del desempleo, la enfermedad, la vejez, las circunstancias familiares, la discapacidad, las catástrofes de la naturaleza y el cambio tecnológico, y permitir la jubilación con suficientes ingresos de por vida para vivir en condiciones de dignidad humana durante la vejez.
  14. Eliminación rápida y prohibiciones de los peligros tecnológicos y las perturbaciones ambientales provocadas por el hombre que crean peligros para la vida en la Tierra.
  15. Implementación de programas intensivos para descubrir, desarrollar e instituir alternativas seguras y sustituciones prácticas de tecnologías que deben ser eliminadas y prohibidas por peligros y peligros para la vida.
  16. Fomento de la diversidad cultural; estímulo a la administración descentralizada.
  17. Libertad para la autodeterminación pacífica de minorías, refugiados y disidentes.
  18. Libertad para el cambio de residencia a cualquier lugar de la Tierra condicionada por disposiciones para santuarios temporales en eventos de gran número de refugiados, apátridas o migraciones masivas.
  19. Prohibición de la pena de muerte.

Artículo 14 - Salvaguardias y reservas

Seccion. A - Ciertas salvaguardias

El Gobierno Mundial operará para asegurar para todas las naciones y pueblos dentro de la Federación de la Tierra las salvaguardas que se definen a continuación:

  1. Garantizar que se dé plena fe y crédito a los actos públicos, registros, legislación y procedimientos judiciales de las naciones miembros dentro de la Federación de la Tierra, de conformidad con las diversas disposiciones de esta Constitución Mundial.
  2. Asegurar la libertad de elección dentro de las naciones miembros y los países de la Federación de la Tierra para determinar sus sistemas políticos, económicos y sociales internos, de conformidad con las garantías y protecciones otorgadas en esta Constitución Mundial para asegurar las libertades civiles y los derechos humanos y un entorno seguro para la vida. , y de otra manera consistente con las diversas disposiciones de esta Constitución Mundial.
  3. Conceder el derecho de asilo dentro de la Federación de la Tierra a las personas que puedan buscar refugio en países o naciones que aún no están incluidos dentro de la Federación de la Tierra.
  4. Otorgar el derecho de individuos y grupos, después de que la Federación de la Tierra incluya el 90 por ciento del territorio de la Tierra, a dejar pacíficamente la hegemonía de la Federación de la Tierra y vivir en un territorio adecuado reservado por la Federación, ni restringido ni protegido por el Mundo. El gobierno, siempre que dicho territorio no se extienda más allá del cinco por ciento del territorio habitable de la Tierra, se mantenga completamente desarmado y no se utilice como base para incitar a la violencia o la insurrección dentro o contra la Federación de la Tierra o cualquier nación miembro, y se mantenga libre de actos de daño ambiental o tecnológico que afecten gravemente a la Tierra fuera de dicho territorio.

Seccion. B - Reserva de poderes

Los poderes no delegados al Gobierno Mundial por esta Constitución Mundial estarán reservados a las naciones de la Federación de la Tierra y a la gente de la Tierra.

Artículo 15 - Zonas Federales Mundiales y Capitales Mundiales

Seccion. A - Zonas federales mundiales

  1. Se establecerán veinte Zonas Federales Mundiales dentro de las veinte Regiones Electorales y Administrativas Mundiales, a los efectos de la ubicación de los diversos órganos del Gobierno Mundial y de los departamentos administrativos, los tribunales mundiales, las oficinas de los Procuradores Mundiales Regionales, las oficinas de los Defensores del Mundo, y para la ubicación de otras ramas, departamentos, institutos, oficinas, oficinas, comisiones, agencias y partes del Gobierno Mundial.
  2. Las Zonas Federales Mundiales se establecerán a medida que se desarrollen y amplíen las necesidades y los recursos del Gobierno Mundial. Las Zonas Federales Mundiales se establecerán primero dentro de cada una de las cinco Divisiones Continentales.
  3. La ubicación y administración de las Zonas Federales Mundiales, incluidas las cinco primeras, serán determinadas por el Parlamento Mundial.

Seccion. B - Las capitales del mundo

  1. Se establecerán cinco Capitales Mundiales en cada una de las cinco Divisiones Continentales de la Tierra, que se ubicarán en cada una de las cinco Zonas Federales Mundiales que se establecen primero según lo dispuesto en el Artículo 15 de esta Constitución Mundial.
  2. Una de las Capitales del Mundo será designada por el Parlamento Mundial como la Capital Mundial Primaria, y las otras cuatro serán designadas como Capitales del Mundo Secundarias.
  3. Las sedes principales de todos los órganos del Gobierno Mundial estarán ubicadas en la Capital Mundial Primaria, y otras sedes principales de los diversos órganos del Gobierno Mundial estarán ubicadas en las Capitales Mundiales Secundarias.

Segundo. C - Procedimientos de ubicación

  1. Las elecciones para la ubicación de las veinte Zonas Federales Mundiales y para las cinco Capitales Mundiales serán propuestas por el Presidium, y luego se decidirán por mayoría simple de votos de las tres Cámaras del Parlamento Mundial en sesión conjunta. El Presidium ofrecerá opciones de dos o tres ubicaciones en cada una de las veinte Regiones Electorales y Administrativas Mundiales para ser Zonas Federales Mundiales, y ofrecerá dos opciones alternativas para cada una de las cinco Capitales Mundiales.
  2. El Presidium, en consulta con el Gabinete Ejecutivo, propondrá cuál de las cinco Capitales del Mundo será la Capital Mundial Primaria, que se decidirá por una simple mayoría de votos de las tres Cámaras del Parlamento Mundial en sesión conjunta.
  3. Cada órgano del Gobierno Mundial decidirá la mejor manera de distribuir y organizar sus funciones y actividades entre las cinco Capitales del Mundo y entre las veinte Zonas Federales del Mundo, sujeto a las instrucciones específicas del Parlamento Mundial.
  4. El Parlamento Mundial puede decidir rotar sus sesiones entre las cinco Capitales del Mundo y, de ser así, decidir el procedimiento de rotación.
  5. Para las dos primeras etapas operativas del Gobierno Mundial como se define en el Artículo 17, y para el Gobierno Mundial Provisional como se define en el Artículo 19, se puede seleccionar una ubicación provisional para la Capital Mundial Primaria. No es necesario que la ubicación provisional continúe como ubicación permanente.
  6. Cualquier Capital Mundial o Zona Federal Mundial puede ser reubicada por mayoría absoluta de dos tercios de las tres Cámaras del Parlamento Mundial en sesión conjunta.
  7. Se pueden designar Zonas Federales Mundiales adicionales si se considera necesario a propuesta del Presidium y con la aprobación por mayoría absoluta de votos de las tres Cámaras del Parlamento Mundial en sesión conjunta.

Artículo 16 - Territorios del mundo y relaciones exteriores

Seccion. A - Territorio mundial

  1. Aquellas áreas de la Tierra y la luna de la Tierra que no están bajo la jurisdicción de las naciones existentes en el momento de formar la Federación de la Tierra, o que no están razonablemente dentro de la provincia de propiedad y administración nacional, o que se declaran Territorio del Mundo posteriormente. al establecimiento de la Federación de la Tierra, será designado como Territorio Mundial y pertenecerá a todas las personas de la Tierra.
  2. La administración del Territorio Mundial será determinada por el Parlamento Mundial e implementada por el Ejecutivo Mundial, y se aplicará a las siguientes áreas:
  • Todos los océanos y mares que tengan carácter internacional o supranacional, junto con los fondos marinos y recursos de los mismos, comenzando a una distancia de veinte kilómetros mar adentro, excluidos los mares interiores de propiedad nacional tradicional.
  • Estrechos, canales y canales vitales.
  • La atmósfera que envuelve a la Tierra, comenzando a una altura de un kilómetro sobre la superficie general de la tierra, excluyendo las depresiones en áreas de mucha variación en la elevación.
  • Satélites artificiales y la luna de la Tierra.
  • Colonias que pueden elegir el estatus de Territorio Mundial; territorios no independientes bajo la administración fiduciaria de naciones o de las Naciones Unidas; cualquier isla o atolón que no haya sido reclamado por ninguna nación; tierras o países independientes que eligen el estatus de Territorio Mundial; y tierras en disputa que eligen el estatus de Territorio Mundial.
  1. Los residentes de cualquier Territorio del Mundo, excepto las Zonas Federales del Mundo designadas, tendrán derecho dentro de lo razonable a decidir por plebiscito convertirse en una nación autónoma dentro de la Federación de la Tierra, ya sea individualmente o en combinación con otros Territorios del Mundo, o para unirse con una nación existente con la Federación de la Tierra.

Seccion. B - Relaciones exteriores

  1. El Gobierno Mundial mantendrá relaciones exteriores con aquellas naciones de la Tierra que no se hayan unido a la Federación de la Tierra. Las relaciones exteriores estarán bajo la administración del Presidium, sujeto en todo momento a instrucciones específicas y aprobación por parte del Parlamento Mundial.
  2. Todos los tratados y acuerdos con naciones que queden fuera de la Federación de la Tierra serán negociados por el Presidium y deben ser ratificados por una mayoría simple de votos de las tres Casas del Parlamento Mundial.
  3. El Gobierno Mundial de la Federación de la Tierra establecerá y mantendrá relaciones pacíficas con otros planetas y cuerpos celestes donde y cuando sea posible establecer comunicaciones con los posibles habitantes de los mismos.
  4. Todas las exploraciones en el espacio exterior, tanto dentro como fuera del sistema solar en el que se encuentra el Planeta Tierra, estarán bajo la dirección y el control exclusivos del Gobierno Mundial, y se realizarán de la manera que determine el Parlamento Mundial.

Artículo 17 - Ratificación e implementación

Seccion. A - Ratificación de la Constitución Mundial

Esta Constitución Mundial se presentará a las naciones y pueblos de la Tierra para su ratificación mediante los siguientes procedimientos:

  1. La Constitución Mundial se transmitirá a la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas y a cada gobierno nacional de la Tierra, con la solicitud de que la Constitución Mundial se presente a la legislatura nacional de cada nación para su ratificación preliminar y al pueblo de cada nación para ratificación final por referéndum popular.
  2. La ratificación preliminar por una legislatura nacional se logrará por mayoría simple de votos de la legislatura nacional.
  3. La ratificación final por parte del pueblo se logrará por mayoría simple de los votos emitidos en un referéndum popular, siempre que un mínimo del veinticinco por ciento de los votantes elegibles de dieciocho años o más hayan emitido su voto dentro de la nación o país o dentro de World Electoral y distritos administrativos.
  4. En el caso de una nación sin legislatura nacional, se solicitará al jefe del gobierno nacional que dé una ratificación preliminar y someta la Constitución Mundial para su ratificación final mediante referéndum popular.
  5. En el caso de que un gobierno nacional, después de seis meses, no presente la Constitución Mundial para su ratificación según lo solicitado, entonces la agencia global que asume la responsabilidad de la campaña de ratificación mundial puede proceder a realizar un referéndum directo para la ratificación de la Constitución Mundial por parte del pueblo. . Los referendos directos pueden organizarse sobre la base de naciones o países enteros, o sobre la base de comunidades definidas existentes dentro de las naciones.
  6. En el caso de un referéndum de ratificación directa, la ratificación final se logrará por la mayoría de los votos emitidos, ya sea para una nación entera o para un Distrito Administrativo y Electoral Mundial, siempre que las papeletas sean emitidas por un mínimo del veinticinco por ciento de los elegibles. votantes de la zona que tengan más de dieciocho años.
  7. Para la ratificación por comunidades existentes dentro de una nación, el procedimiento será solicitar a las comunidades locales, ciudades, condados, estados, provincias, cantones, prefecturas, jurisdicciones tribales u otras unidades políticas definidas dentro de una nación para que ratifiquen la Constitución Mundial y presenten la Constitución Mundial para un referéndum de los ciudadanos de la comunidad o unidad política. La ratificación se puede lograr procediendo de esta manera hasta que todos los votantes elegibles de dieciocho años o más dentro de la nación o el Distrito Electoral y Administrativo Mundial hayan tenido la oportunidad de votar, siempre que las boletas sean emitidas por un mínimo del veinticinco por ciento de los elegibles. votar.
  8. Antes de la Etapa Operativa Total del Gobierno Mundial, según se define en la Sección E del Artículo XVII, las universidades, colegios y academias e institutos científicos de cualquier país pueden ratificar la Constitución Mundial, calificándolos así para participar en la nominación de Miembros del Mundo. Parlamento a la Cámara de Consejeros.
  9. En el caso de aquellas naciones actualmente involucradas en serias disputas internacionales o donde puedan existir enemistades tradicionales y disputas crónicas entre dos o más naciones, se instituirá un procedimiento para la ratificación simultánea por pares mediante el cual las naciones que son partes en una disputa internacional actual o crónica o conflicto puede ratificar simultáneamente la Constitución Mundial. En tales casos, las naciones emparejadas serán admitidas en la Federación de la Tierra simultáneamente, con la obligación de que cada nación entregue inmediatamente todas las armas de destrucción masiva al Gobierno Mundial y entregue el conflicto o disputa para un arreglo pacífico obligatorio. por el Gobierno Mundial.
  10. Cada nación o unidad política que ratifique esta Constitución Mundial, ya sea mediante ratificación preliminar o ratificación final, estará obligada a no utilizar nunca fuerzas armadas o armas de destrucción masiva contra otro miembro o unidad de la Federación de la Tierra, independientemente del tiempo que dure. tomar para lograr el desarme total de todas las naciones y unidades políticas que ratifiquen esta Constitución Mundial.
  11. Cuando se ratifica, la Constitución de la Federación de la Tierra se convierte en la ley suprema de la Tierra. Por el acto de ratificar esta Constitución de la Tierra, cualquier disposición en la Constitución o Legislación de cualquier país que así lo ratifique, que sea contraria a esta Constitución de la Tierra, será derogada o enmendada para conformarla con la Constitución de la Federación de la Tierra, efectiva tan pronto como 25 países lo han ratificado. La enmienda de las constituciones nacionales o estatales para permitir la entrada a la Federación Mundial no es necesaria antes de la ratificación de la Constitución de la Federación de la Tierra.

Seccion. B - Etapas de implementación

  1. La implementación de esta Constitución Mundial y el establecimiento de un Gobierno Mundial de conformidad con los términos de esta Constitución Mundial, pueden lograrse en tres etapas, como sigue, además de la etapa de un Gobierno Mundial Provisional según lo dispuesto en el Artículo 19:
  1. Primera etapa operativa del gobierno mundial.
  2. Segunda etapa operativa del gobierno mundial.
  3. Etapa operativa completa del gobierno mundial.
  1. Al principio y durante cada etapa, el Parlamento Mundial y el Ejecutivo Mundial juntos establecerán metas y desarrollarán medios para la implementación progresiva de la Constitución Mundial y para la implementación de la legislación promulgada por el Parlamento Mundial.

Seccion. C - Primera etapa operativa del gobierno mundial

  1. La primera etapa operativa del Gobierno Mundial bajo esta Constitución Mundial se implementará cuando la Constitución Mundial sea ratificada por un número suficiente de naciones y / o personas para cumplir con una u otra de las siguientes condiciones o equivalente:
  1. Ratificación preliminar o final por un mínimo de veinticinco naciones, cada una con una población de más de 100.000.
  2. Ratificación preliminar o final por un mínimo de diez países con más de 100.000 habitantes, junto con la ratificación por referéndum directo dentro de un mínimo de cincuenta distritos electorales y administrativos mundiales adicionales.
  3. Ratificación por referéndum directo dentro de un mínimo de 100 Distritos Electorales y Administrativos Mundiales, aunque ninguna nación como tal lo ha ratificado.
  1. La elección de los miembros del Parlamento Mundial a la Cámara de los Pueblos se llevará a cabo en todos los Distritos Electorales y Administrativos Mundiales donde la ratificación se haya logrado mediante referéndum popular.
  2. La elección de los miembros del Parlamento Mundial a la Cámara de los Pueblos puede realizarse simultáneamente con referendos populares directos antes y después de que se alcance la Primera Etapa Operativa del Gobierno Mundial.
  3. El nombramiento o elección de los miembros del Parlamento Mundial a la Casa de las Naciones procederá en todas las naciones donde se haya logrado la ratificación preliminar.
  4. Una cuarta parte de los miembros del Parlamento Mundial a la Cámara de Consejeros pueden ser elegidos entre los nominados presentados por universidades y colegios que hayan ratificado la Constitución Mundial.
  5. El Presidium Mundial y el Gabinete Ejecutivo serán elegidos de acuerdo con las disposiciones del artículo VI, excepto que, en ausencia de una Cámara de Consejeros, las nominaciones serán hechas por los miembros de la Cámara de los Pueblos y de la Casa de las Naciones en conjunto. sesión. Hasta que esto se logre, el Presidium y el Gabinete Ejecutivo del Gobierno Mundial Provisional según lo dispuesto en el Artículo 19, continuarán sirviendo.
  6. Cuando esté integrado, el Presidium para la primera etapa operativa del Gobierno Mundial asignará o reasignará puestos ministeriales entre los miembros del Gabinete y del Presidium, y establecerá o confirmará inmediatamente una Agencia Mundial de Desarme y una Organización Mundial de la Economía y el Desarrollo.
  7. Aquellas naciones que ratifiquen esta Constitución Mundial y, por lo tanto, se unan a la Federación de la Tierra, deberán transferir inmediatamente todas las armas de destrucción masiva definidas y designadas por la Agencia Mundial de Desarme a esa Agencia. (Ver Artículo 19, Secciones A-2-d, B-6 y E-5). La Agencia Mundial de Desarme inmovilizará inmediatamente todas esas armas y procederá con el despacho a desmantelar, convertir para uso en tiempo de paz, reciclar los materiales de las mismas o destruir todas esas armas. Durante la primera etapa operativa del Gobierno Mundial, las naciones ratificantes pueden retener fuerzas armadas equipadas con armas distintas de las armas de destrucción masiva según lo definido y designado por la Agencia Mundial de Desarme.
  8. Simultáneamente con la reducción o eliminación de tales armas de destrucción masiva y otros gastos militares que se puedan lograr durante la primera etapa operativa del Gobierno Mundial, las naciones miembros de la Federación de la Tierra pagarán anualmente al Tesoro del Gobierno Mundial cantidades iguales a la mitad de los montos ahorrados de sus respectivos presupuestos militares nacionales durante el último año antes de unirse a la Federación, y continuarán tales pagos hasta que se alcance la etapa operativa completa del Gobierno Mundial. El Gobierno Mundial utilizará el cincuenta por ciento de los fondos así recibidos para financiar el trabajo y proyectos de la Organización Mundial de Desarrollo Económico.
  9. El Parlamento Mundial y el Ejecutivo Mundial continuarán desarrollando los órganos, departamentos, agencias y actividades originadas bajo el Gobierno Mundial Provisional, con las enmiendas que se consideren necesarias; y procederá a establecer y suplicar en los siguientes órganos, departamentos y agencias del Gobierno Mundial, si aún no están en marcha, junto con otros departamentos y agencias que se consideren deseables y factibles durante la primera etapa operativa del Gobierno Mundial:
  • La Corte Suprema Mundial;
  • El sistema de ejecución;
  • El Defensor del Pueblo Mundial;
  • La Administración de Servicio Civil Mundial;
  • La Administración Financiera Mundial;
  • La Agencia de Investigación y Planificación;
  • La Agencia de Evaluación Tecnológica y Ambiental;
  • Una Administración de Rescate de la Tierra de Emergencia, que se ocupa de todos los aspectos del cambio climático y factores relacionados;
  • Un Sistema de Energía Global Integrado, basado en fuentes ambientalmente seguras;
  • Un sistema universitario mundial, dependiente del Departamento de Educación;
  • Una Oficina de Corporaciones Mundiales, dependiente del Departamento de Comercio e Industria;
  • El Cuerpo de Servicio Mundial;
  • Administración mundial de océanos y fondos marinos.
  1. Al inicio de la primera etapa operativa, el Presidium, en consulta con el Gabinete Ejecutivo, formulará y presentará una propuesta de programa para resolver los problemas mundiales más urgentes que enfrenta actualmente la humanidad.
  2. El Parlamento Mundial procederá a trabajar en soluciones a los problemas mundiales. El Parlamento Mundial y el Ejecutivo Mundial, trabajando juntos, instituirán a través de los diversos órganos, departamentos y agencias del Gobierno Mundial, cualquier medio que parezca apropiado y factible para lograr la implementación y aplicación de la legislación mundial, la ley mundial y la Constitución Mundial; y, en particular, tomará ciertas acciones decisivas para el bienestar de todas las personas en la Tierra, aplicables en todo el mundo, incluidas, entre otras, las siguientes:
  • Acelerar la organización y el trabajo de una Administración de Rescate de la Tierra de Emergencia, que se ocupa de todos los aspectos del cambio climático y las crisis climáticas;
  • Acelerar el nuevo sistema financiero, crediticio y monetario para atender las necesidades humanas;
  • Acelerar un sistema energético global integrado, utilizando energía solar, energía de hidrógeno y otras fuentes de energía seguras y sostenibles;
  • Impulsar un programa global de producción agrícola para lograr el máximo rendimiento sostenido en condiciones ecológicamente sólidas;
  • Establecer condiciones para el libre comercio dentro de la Federación de la Tierra;
  • Solicitar y encontrar formas de implementar una moratoria sobre proyectos de energía nuclear hasta que se resuelvan todos los problemas relacionados con la seguridad, la eliminación de desechos tóxicos y los peligros del uso o desvío de materiales para la producción de armas nucleares;
  • Proscribir y encontrar formas de poner fin por completo a la producción de armas nucleares y todas las armas de destrucción masiva;
  • Impulsar programas para asegurar un suministro de agua adecuado y no contaminado y un suministro de aire limpio para todos en la Tierra;
  • Impulsar un programa global para conservar y reciclar los recursos de la Tierra.
  • Desarrollar un programa aceptable para controlar el crecimiento de la población, especialmente elevando los niveles de vida.

Seccion. D - Segunda etapa operativa del gobierno mundial

  1. La segunda etapa operativa del Gobierno Mundial se implementará cuando el cincuenta por ciento o más de las naciones de la Tierra hayan dado una ratificación preliminar o final a esta Constitución Mundial, siempre que el cincuenta por ciento de la población total de la Tierra esté incluida dentro de las naciones ratificantes o dentro de las naciones ratificantes junto con Distritos Electorales y Administrativos Mundiales adicionales donde las personas han ratificado la Constitución Mundial mediante referéndum directo.
  2. La elección y designación de los miembros del Parlamento Mundial para las distintas Cámaras del Parlamento Mundial procederá de la misma manera que se especifica para la primera etapa operativa en la Sección C-2,3,4 y 5 del Artículo 17.
  3. Los mandatos de los miembros del Parlamento Mundial elegidos o designados para la primera etapa operativa del Gobierno Mundial se extenderán a la segunda etapa operativa a menos que ya hayan cumplido mandatos de cinco años, en cuyo caso se organizarán nuevas elecciones o nombramientos. . Los términos de los miembros remanentes del Parlamento Mundial en la segunda etapa operativa se ajustarán para que se ejecuten simultáneamente con los períodos de los recién elegidos al comienzo de la segunda etapa operativa.
  4. El Presidium Mundial y el Gabinete Ejecutivo serán reconstituidos o reconfirmados, según sea necesario, al comienzo de la segunda etapa operativa del Gobierno Mundial.
  5. El Parlamento Mundial y el Ejecutivo Mundial continuarán desarrollando los órganos, departamentos, agencias y actividades que ya están en marcha desde la primera etapa operativa del Gobierno Mundial, con las enmiendas que se consideren necesarias; y procederá a establecer y desarrollar todos los demás órganos y departamentos y agencias principales del Gobierno Mundial en la medida que se considere factible durante la segunda etapa operativa.
  6. Todas las naciones que se unan a la Federación de la Tierra para componer la segunda etapa operativa del Gobierno Mundial, deberán transferir inmediatamente todas las armas de destrucción masiva y todas las demás armas y equipos militares a la Agencia Mundial de Desarme, que inmovilizará inmediatamente dichas armas y equipos y procederá de inmediato. para desmantelar, convertir para usos en tiempos de paz, reciclar los materiales de los mismos o destruir de otro modo tales armas y equipos. Durante la segunda etapa operativa, todas las fuerzas armadas y fuerzas paramilitares de las naciones que se han unido a la Federación de la Tierra serán completamente desarmadas y disueltas o convertidas voluntariamente en elementos del Cuerpo de Servicio Mundial no militar.
  7. Simultáneamente con la reducción o eliminación de tales armas, equipo y otros gastos militares que se puedan lograr durante la segunda etapa operativa del Gobierno Mundial, las naciones miembros de la Federación de la Tierra pagarán anualmente al Tesoro del Gobierno Mundial cantidades iguales a uno. -la mitad de los montos ahorrados de sus presupuestos militares nacionales durante el último año antes de unirse a la Federación y continuarán tales pagos hasta que se alcance la etapa operativa completa del Gobierno Mundial. El Gobierno Mundial utilizará el cincuenta por ciento de los fondos así recibidos para financiar el trabajo y proyectos de la Organización Mundial de Desarrollo Económico.
  8. Una vez formado el Gabinete Ejecutivo para la segunda etapa operativa, el Presidium cursará una invitación a la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas y a cada uno de los organismos especializados de las Naciones Unidas, así como a otros organismos internacionales de utilidad, para transferir personal, instalaciones, equipo, recursos y lealtad a la Federación de la Tierra y al Gobierno Mundial de la misma. Las agencias y funciones de la Organización de las Naciones Unidas y de sus agencias especializadas y de otras agencias internacionales que puedan ser así transferidas, serán reconstituidas según sea necesario e integradas en los diversos órganos, departamentos, oficinas y agencias del Gobierno Mundial.
  9. Cerca del comienzo de la segunda etapa operativa, el Presidium, en consulta con el gabinete ejecutivo, formulará y presentará un programa propuesto para resolver los problemas mundiales más urgentes que enfrentan actualmente los pueblos de la Tierra.
  10. El Parlamento Mundial procederá con la legislación necesaria para implementar un programa completo para resolver los problemas mundiales urgentes actuales.
  11. El Parlamento Mundial y el Ejecutivo Mundial, trabajando juntos, desarrollarán a través de los diversos órganos, departamentos y agencias del Gobierno Mundial, cualquier medio que parezca apropiado y factible para implementar la legislación para resolver los problemas mundiales; y, en particular, tomará ciertas acciones decisivas para el bienestar de todas las personas en la Tierra, que incluyen, entre otras, las siguientes:
  • Declarar que todos los océanos, mares y canales de carácter supranacional (pero sin incluir los mares interiores tradicionalmente pertenecientes a naciones particulares) a veinte kilómetros de la costa, y todos los fondos marinos de los mismos, son propiedad de la Federación de la Tierra como patrimonio común de humanidad, y sujeto al control y gestión del Gobierno Mundial.
  • Declarar los casquetes polares y las áreas polares circundantes, incluido el continente de la Antártida, pero no las áreas que tradicionalmente son parte de naciones particulares, como territorio mundial propiedad de la Federación de la Tierra como patrimonio común de la humanidad y sujeto al control y gestión de el Gobierno Mundial.
  • Prohibir la posesión, almacenamiento, venta y uso de todas las armas nucleares, todas las armas de destrucción masiva y todas las demás armas y equipos militares.
  • Establezca un sistema de suministro de alimentos y cereales siempre normal para la gente de la Tierra.
  • Desarrollar y llevar adelante en la medida de lo posible todas las acciones definidas en la Sec. C-10 y C-12 de la Primera Etapa Operativa.

Seccion. E - Etapa operativa completa del gobierno mundial

  1. La etapa operativa completa del Gobierno Mundial se implementará cuando esta Constitución Mundial reciba una ratificación preliminar o final mediante el cumplimiento de las condiciones (a) o (b):
  • Ratificación por el ochenta por ciento o más de las naciones de la Tierra que comprenden al menos el noventa por ciento de la población de la Tierra; o
  • Ratificación que incluye el noventa por ciento de la población total de la Tierra, ya sea dentro de las naciones ratificantes o dentro de las naciones ratificantes junto con Distritos Electorales y Administrativos Mundiales adicionales donde se haya logrado la ratificación por referéndum directo, según lo dispuesto en el Artículo 17, Sección A.
  1. Cuando se alcance la etapa operativa completa del Gobierno Mundial, se implementarán las siguientes condiciones:
  1. Las elecciones para los miembros de la Cámara de los Pueblos se llevarán a cabo en todos los distritos electorales y administrativos mundiales donde aún no se hayan realizado elecciones; y los miembros de la Casa de las Naciones serán elegidos o designados por las legislaturas nacionales o los gobiernos nacionales en todas las naciones donde esto aún no se haya logrado.
  2. Los mandatos de los miembros de la Cámara de los Pueblos y de la Casa de las Naciones que presten servicios durante la segunda etapa operativa, se mantendrán en plena etapa operativa, salvo los que ya hayan cumplido cinco años, en cuyo caso se realizarán elecciones. o citas hechas según sea necesario.
  3. Los mandatos de todos los miembros remanentes de la Cámara de los Pueblos y de la Casa de las Naciones que hayan servido menos de cinco años se ajustarán para que se ejecuten simultáneamente con los miembros del Parlamento Mundial cuyos mandatos comiencen con la etapa operativa completa.
  4. Los segundos 100 miembros de la Cámara de Consejeros serán elegidos de acuerdo con el procedimiento especificado en la Sección E del Artículo 5. El mandato de los miembros remanentes de la Cámara de Consejeros se extenderá cinco años más después del comienzo de la etapa operativa completa. mientras que los que inicien su mandato con la etapa operativa completa cumplirán diez años.
  5. El Presidium y el Gabinete Ejecutivo serán reconstituidos de acuerdo con las disposiciones del Artículo 6.
  6. Todos los órganos del Gobierno Mundial serán plenamente operativos y estarán plenamente desarrollados para la administración e implementación efectivas de la legislación mundial, la ley mundial y las disposiciones de esta Constitución Mundial.
  7. Todas las naciones que aún no lo hayan hecho deberán transferir inmediatamente todas las armas y equipos militares a la Agencia Mundial de Desarme, que inmediatamente inmovilizará todas esas armas y procederá de inmediato a desmantelar, convertir para uso pacífico, reciclar sus materiales o destruir de cualquier otra forma. tales armas y equipo.
  8. Todos los ejércitos y fuerzas militares de todo tipo serán completamente desarmados y disueltos o convertidos e integrados voluntariamente en el Cuerpo de Servicio Mundial no militar.
  9. Todas las agencias viables de la Organización de las Naciones Unidas y otras agencias internacionales viables establecidas entre los gobiernos nacionales, junto con su personal, instalaciones y recursos, serán transferidas al Gobierno Mundial y reconstituidas e integradas según sea útil en los órganos, departamentos, oficinas, institutos, comisiones, oficinas y agencias del Gobierno Mundial.
  10. El Parlamento Mundial y el Ejecutivo Mundial continuarán desarrollando las actividades y proyectos que ya están en marcha desde la segunda etapa operativa del Gobierno Mundial, con las enmiendas que se consideren necesarias; y procederá con un programa completo y a gran escala para resolver los problemas mundiales y servir al bienestar de todas las personas en la Tierra, de acuerdo con las disposiciones de esta Constitución Mundial.

Seccion. F - Costos de ratificación

El trabajo y los costos de los ciudadanos privados de la Tierra para el logro de una Constitución ratificada para la Federación de la Tierra, se reconocen como costos legítimos para el establecimiento de un gobierno mundial constitucional por el cual las generaciones presentes y futuras se beneficiarán, y serán reembolsados el doble del original. monto por la Administración Financiera Mundial del Gobierno Mundial cuando entre en funcionamiento después de que 25 países hayan ratificado esta Constitución para la Federación de la Tierra. El reembolso incluye específicamente las contribuciones a la Corporación de Financiamiento del Gobierno Mundial y otros costos y gastos reconocidos por las normas y procedimientos que establecerá la Administración Financiera Mundial.

Artículo 18 - Enmiendas

  1. Una vez completada la primera etapa operativa del Gobierno Mundial, se pueden proponer enmiendas a esta Constitución Mundial para su consideración de dos maneras:
  • Por mayoría simple de votos de cualquier Cámara del Parlamento Mundial.
  • Mediante peticiones firmadas por un total de 200.000 personas con derecho a voto en las elecciones mundiales de un total de al menos veinte Distritos Electorales y Administrativos Mundiales donde la Constitución Mundial ha recibido la ratificación definitiva.
  1. La aprobación de cualquier enmienda propuesta por una Cámara del Parlamento Mundial requerirá una mayoría absoluta de dos tercios de votos de cada una de las tres Cámaras del Parlamento Mundial votando por separado.
  2. Una enmienda propuesta por petición popular requerirá primero una mayoría simple de votos de la Cámara de los Pueblos, la cual estará obligada a votar sobre la enmienda propuesta. La aprobación de la enmienda requerirá una mayoría absoluta de dos tercios de cada una de las tres Cámaras del Parlamento Mundial votando por separado.
  3. Periódicamente, pero a más tardar diez años después de la primera convocatoria del Parlamento Mundial para la Primera Etapa Operativa del Gobierno Mundial, y cada 20 años a partir de entonces, los Miembros del Parlamento Mundial se reunirán en una sesión especial que comprende una Convención Constitucional para llevar a cabo una revisión de esta Constitución Mundial para considerar y proponer posibles enmiendas, que luego requerirán la acción como se especifica en la Cláusula 2 del Artículo XVIII para su aprobación.
  4. Si la Primera Etapa Operativa del Gobierno Mundial no se alcanza para el año 1995, entonces el Parlamento Mundial Provisional, según lo dispuesto en el Artículo XIX, puede convocar otra sesión de la Asamblea Constituyente Mundial para revisar la Constitución de la Federación de la Tierra y considerar posibles enmiendas. de acuerdo con el procedimiento establecido por el Parlamento Mundial Provisional.
  5. Excepto siguiendo los procedimientos de enmienda especificados en este documento, ninguna parte de esta Constitución Mundial puede ser dejada de lado, suspendida o subvertida, ni por emergencias, capricho o conveniencia.

Artículo 19 - Gobierno mundial provisional

Seccion. A - Acciones que debe tomar la Asamblea Constituyente Mundial

Tras la adopción de la Constitución Mundial por la Asamblea Mundial Constituyente, la Asamblea y la agencia o agencias continuas que designe harán lo siguiente, sin limitarse a ello:

  1. Haga un llamado a todas las naciones, comunidades y personas de la Tierra para que ratifiquen esta Constitución Mundial para el Gobierno Mundial.
  2. Establecer las siguientes comisiones preparatorias:
  • Comisión de Ratificación.
  • Comisión de Elecciones Mundiales.
  • Comisión de Desarrollo Mundial.
  • Comisión Mundial de Desarme.
  • Comisión de Problemas Mundiales.
  • Comisión de nominaciones.
  • Comisión de Finanzas.
  • Comisión de Investigación y Educación para la Paz.
  • Comisiones especiales sobre cada uno de los problemas mundiales más urgentes.
  • Las demás comisiones que se consideren deseables para proceder con el Gobierno Mundial Provisional.
  1. Convocar sesiones de un Parlamento Mundial Provisional cuando sea posible bajo las siguientes condiciones:
  • Buscar el compromiso de 500 o más delegados para asistir, que representen a personas en 20 países de los cinco continentes y que tengan las credenciales definidas en el Artículo 19, Sección C;
  • Los fondos mínimos necesarios para organizar las sesiones del Parlamento Mundial Provisional están disponibles o comprometidos firmemente.
  • Las ubicaciones adecuadas se confirman con al menos nueve meses de anticipación, a menos que las condiciones de emergencia justifiquen un aviso con menos antelación.

Seccion. B - Trabajo de las comisiones preparatorias

  1. La Comisión de Ratificación llevará a cabo una campaña mundial para la ratificación de la Constitución Mundial, tanto para obtener la ratificación preliminar de los gobiernos nacionales, incluidas las legislaturas nacionales, como para obtener la ratificación final de las personas, incluidas las comunidades. La comisión de ratificación continuará su trabajo hasta que se alcance la etapa operativa completa del Gobierno Mundial.
  2. La Comisión Electoral Mundial preparará un mapa global provisional de los Distritos y Regiones Electorales y Administrativas Mundiales que podrá ser revisado durante la primera o segunda etapa operativa del Gobierno Mundial, y preparará y procederá con los planes para obtener la elección de los Miembros del Parlamento Mundial. a la Casa de los Pueblos ya la Casa de los Consejeros. La Comisión Electoral Mundial se convertirá a su debido tiempo en la Administración Mundial de Fronteras y Elecciones.
  3. Después de seis meses, en aquellos países donde los gobiernos nacionales no hayan respondido favorablemente a la convocatoria de ratificación, la Comisión de Ratificación y la Comisión de Elecciones Mundiales podrán proceder conjuntamente para lograr tanto la ratificación de la Constitución Mundial mediante referéndum popular directo como la elección simultánea de los miembros de el Parlamento Mundial.
  4. La Comisión de Ratificación también puede presentar la Constitución Mundial para su ratificación por universidades y colegios de todo el mundo.
  5. La Comisión de Desarrollo Mundial preparará planes para la creación de una Organización de Desarrollo Económico Mundial para servir a todas las naciones y personas que ratifiquen la Constitución Mundial, y en particular a los países menos desarrollados, para comenzar a funcionar cuando se establezca el Gobierno Mundial Provisional.
  6. La Comisión Mundial de Desarme preparará planes para la organización de una Agencia Mundial de Desarme, que comenzará a funcionar cuando se establezca el Gobierno Mundial Provisional.
  7. La Comisión de Problemas Mundiales preparará una agenda de problemas mundiales urgentes, con documentación, para la posible acción del Parlamento Mundial Provisional y del Gobierno Mundial Provisional.
  8. La Comisión de Nominaciones preparará, antes de convocar al Parlamento Mundial Provisional, una lista de nominados para componer el Presidium y el Gabinete Ejecutivo del Gobierno Mundial Provisional.
  9. La Comisión de Finanzas trabajará en formas y medios para financiar el Gobierno Mundial Provisional.
  10. Las diversas comisiones sobre problemas mundiales particulares trabajarán en la preparación de la legislación mundial propuesta y la acción sobre cada problema, para presentar al Parlamento Mundial Provisional cuando se convoque.

Seccion. C - Composición del Parlamento Mundial Provisional

  1. El Parlamento Mundial Provisional estará compuesto por los siguientes miembros:
  1. Todos aquellos que fueron acreditados como delegados a las Sesiones de 1977 y 1991 de la Asamblea Constituyente Mundial, así como a cualquier Sesión anterior del Parlamento Mundial Provisional, y que reafirmen su apoyo a la Constitución de la Federación de la Tierra, según enmendada. .
  2. Las personas que obtengan el número requerido de firmas en las peticiones electorales, o que sean designadas por Organizaciones No Gubernamentales que adopten resoluciones aprobadas a tal efecto, o que estén acreditadas de otro modo en los términos especificados en las Convocatorias que puedan emitirse para convocar sesiones particulares Parlamento Mundial Provisional.
  3. Miembros del Parlamento Mundial a la Cámara de los Pueblos que son elegidos de los Distritos Electorales y Administrativos Mundiales hasta el momento de la convocatoria del Parlamento Mundial Provisional. Los miembros del Parlamento Mundial elegidos para la Cámara de los Pueblos pueden continuar agregándose al Parlamento Mundial Provisional hasta que se alcance la primera etapa operativa del Gobierno Mundial.
  4. Miembros del Parlamento Mundial a la Casa de las Naciones que son elegidos por las legislaturas nacionales o designados por los gobiernos nacionales hasta el momento de la convocatoria del Parlamento Mundial Provisional. Los miembros del Parlamento Mundial a la Casa de las Naciones pueden continuar agregándose al Parlamento Mundial Provisional hasta que se alcance la primera etapa operativa del Gobierno Mundial.
  5. Aquellas universidades y colegios que hayan ratificado la Constitución Mundial pueden nominar personas para servir como miembros del Parlamento Mundial en la Cámara de Consejeros. La Casa de los Pueblos y la Casa de las Naciones juntas pueden elegir entre dichos nominados hasta cincuenta miembros del Parlamento Mundial para servir en la Casa de Consejeros del Gobierno Mundial Provisional.
  1. Los miembros del Parlamento Mundial Provisional en las categorías (a) y (b) como se definen anteriormente, servirán solo hasta que se declare la primera etapa operativa del Gobierno Mundial, pero pueden ser debidamente elegidos para continuar como Miembros del Parlamento Mundial durante la primera etapa operativa. etapa.

Seccion. D - Formación del Ejecutivo Mundial Provisional

  1. Tan pronto como se reúna el Parlamento Mundial Provisional, elegirá un nuevo Presidium para el Parlamento Mundial Provisional y el Gobierno Mundial Provisional de entre los nominados presentados por la Comisión de Nominaciones.
  2. Los miembros del Presidium Mundial Provisional servirán por períodos de tres años, y pueden ser reelegidos por el Parlamento Mundial Provisional, pero en cualquier caso servirán solo hasta que el Presidium sea elegido bajo la Primera Etapa Operativa del Gobierno Mundial.
  3. El Presidium puede hacer nominaciones adicionales para el Gabinete Ejecutivo.
  4. El Parlamento Mundial Provisional elegirá entonces a los miembros del Gabinete Ejecutivo.
  5. El Presidium luego asignará puestos ministeriales entre los miembros del Gabinete Ejecutivo y del Presidium.
  6. Cuando se completen los pasos (1) a (4) de la sección D, el Gobierno Mundial Provisional se declarará en funcionamiento para servir al bienestar de la humanidad.

Seccion. E - Primeras acciones del gobierno mundial provisional

  1. El Presidium, en consulta con el Gabinete Ejecutivo, las comisiones sobre problemas mundiales particulares y el Parlamento Mundial, definirá un programa de acción sobre problemas mundiales urgentes.
  2. El Parlamento Mundial Provisional se pondrá a trabajar en la agenda de los problemas mundiales y tomará todas y cada una de las acciones que considere apropiadas y factibles, de acuerdo con las disposiciones de esta Constitución Mundial.
  3. La implementación y el cumplimiento de la legislación promulgada por el Parlamento Mundial Provisional se buscará de forma voluntaria a cambio de que se obtengan los beneficios, mientras que la fuerza del Gobierno Mundial Provisional aumenta con la ratificación progresiva de la Constitución Mundial.
  4. En la medida que se considere apropiado y factible, el Parlamento Mundial Provisional y el Ejecutivo Mundial Provisional pueden emprender algunas de las acciones especificadas en la Sección C-12 del Artículo 17 para la primera etapa operativa del Gobierno Mundial.
  5. Se establecerán la Organización Mundial de Desarrollo Económico y la Agencia Mundial de Desarme, para acciones correlativas.
  6. El Parlamento Mundial y el Gabinete Ejecutivo del Gobierno Mundial Provisional procederá con la organización de otros órganos y agencias del Gobierno Mundial de manera provisional, en la medida en que se considere conveniente y factible, en particular los especificados en la Sección C-10 del Artículo 17. .
  7. Las diversas comisiones preparatorias sobre problemas mundiales urgentes pueden reconstituirse como Departamentos Administrativos del Gobierno Mundial Provisional.
  8. En todo su trabajo y actividades, el Gobierno Mundial Provisional funcionará de acuerdo con las disposiciones de esta Constitución para la Federación de la Tierra.

(La Constitución de la Federación de la Tierra fue ratificada originalmente en la segunda sesión de la Asamblea Constituyente Mundial celebrada en Innsbruck, Austria en junio de 1977; y fue enmendada y ratificada en la cuarta sesión de la Asamblea Constituyente Mundial celebrada en Troia, Portugal en Mayo de 1991. La Constitución enmendada está siendo ratificada personalmente por destacadas personalidades de todo el mundo a medida que se pone en marcha la campaña de ratificación por parte de los pueblos y gobiernos del mundo.)

CONVOCATORIA a la CAMPAÑA GLOBAL DE RATIFICACIÓN Y ELECCIONES

En el curso de la historia, particularmente durante los últimos cientos de años, la técnica de una Asamblea Constituyente se ha desarrollado y utilizado en diversas circunstancias como un medio para diseñar las constituciones de gobiernos democráticos, ya sea para crear nuevos gobiernos donde no existía ninguno antes o para Reemplazar gobiernos viejos o derrumbados tanto en situaciones pacíficas como revolucionarias.

A veces, tales asambleas han sido designadas por gobiernos existentes. En otras ocasiones, en las circunstancias más favorables, dichas asambleas han sido elegidas por votación de los electores establecidos. Pero en otras ocasiones tales asambleas se han compuesto y convocado en circunstancias en las que solo un número limitado de personas del país o áreas involucradas participaron realmente en la selección de delegados. Sólo una pequeña minoría de cualquier electorado podría participar realmente durante el tiempo en que un nuevo gobierno democrático está emergiendo en condiciones de revolución de la tiranía o de agitación política o crisis urgentes; o en ausencia de cualquier sistema político organizado que quisiera o pudiera supervisar un voto del electorado potencial total para tal asamblea o gobierno democrático emergente.

Es en el tipo de circunstancias posteriores que se ha avanzado durante los años desde la Segunda Guerra Mundial para la organización de una Asamblea Constituyente Mundial para diseñar la constitución para una forma democrática de gobierno mundial federal. No ha existido ningún gobierno mundial anterior o autoridad mundial competente para organizar o supervisar las elecciones a dicha Asamblea Mundial Constituyente. No existen listas electorales aprobadas universalmente para la realización de tales elecciones. Los gobiernos nacionales existentes hasta ahora se han mostrado reacios o desinteresados u hostiles o incapaces de ayudar en el nombramiento o elección de delegados de trabajo para dicha Asamblea Constituyente Mundial, a pesar de numerosos llamamientos, aunque estos llamamientos continúan.

En las actuales circunstancias de anarquía global, de agitación política en muchas partes del mundo, de la supresión o el no funcionamiento de los procedimientos electorales democráticos en muchas partes del mundo, así como de las urgencias sin precedentes de muchas crisis mundiales crecientes. requiriendo medidas extraordinarias para que la humanidad sobreviva, la Asociación Mundial de la Constitución y el Parlamento, así como otras organizaciones y grupos desde 1945, han organizado acciones para intentar convocar Asambleas Constituyentes Mundiales con el propósito de preparar una constitución para un gobierno mundial federal democrático y para asegurar la aceptación y ratificación de tal constitución mundial.

En estas circunstancias, la Asociación de la Constitución y el Parlamento Mundial no pretende haber organizado una Asamblea Constituyente Mundial compuesta por delegados plenamente representativos y elegidos por todo el electorado potencial para dicha asamblea o para el parlamento mundial subsiguiente que pueda surgir. La única afirmación que se hace es que los delegados y participantes voluntarios en las cuatro sesiones de la Asamblea Constituyente Mundial están compuestos y son representativos de aquellas personas y elementos de la sociedad esparcidos por todo el mundo que están listos, dispuestos y capaces de moverse constructivamente en circunstancias de crisis. diseñar una Constitución para el Gobierno Mundial Federal Democrático, y lanzar los primeros esfuerzos para obtener una amplia consideración y ratificación y el comienzo de la implementación de dicha Constitución Mundial.

En estas circunstancias, creemos que se han convocado cuatro sesiones de una Asamblea Constituyente Mundial: la primera en agosto-septiembre de 1968, en Interlaken, Suiza, y Wolfach, Alemania; el segundo en junio de 1977 en Innsbruck, Austria; el tercero en 1978-79 en Colombo, Sri Lanka; y la cuarta Asamblea en Troia, Portugal, en mayo de 1991.

Finalmente, estas sesiones de una Asamblea Mundial Constituyente están en plena consonancia con la respetada teoría de que el gobierno democrático surge de la iniciativa y el consentimiento de las personas que serán los ciudadanos bajo ese gobierno, que las personas en todo momento tienen el derecho democrático y la prerrogativa de desempeñar o cambiar cualquier gobierno que no sirva adecuadamente a su bienestar, e iniciar nuevos gobiernos cuando sea necesario con urgencia para su seguridad o bienestar. En ningún momento existe una autoridad superior sobre este derecho básico de las personas a iniciar tal acción; y en particular, no existe una autoridad superior a la acción de la gente para la organización y funcionamiento de una Asamblea Mundial Constituyente o un Parlamento Mundial democrático.

Por lo tanto, avancemos con una CAMPAÑA DE RATIFICACIÓN Y ELECCIONES GLOBAL, apelando a las personas y gobiernos a ratificar la Constitución para la Federación de la Tierra que ha sido producida por estas cuatro sesiones de la Asamblea Mundial Constituyente.

Hacemos un llamado a la gente de la Tierra para que ratifique la Constitución de la Federación de la Tierra, por Referéndum directo y por Petición de Iniciativa seguida de la elección de delegados a la Casa de los Pueblos.

Hacemos un llamado a los gobiernos nacionales y legislativos del mundo para que ratifiquen la Constitución de la Federación de la Tierra y elijan delegados a la Casa de las Naciones.

Hacemos un llamado a las universidades, colegios e iglesias, academias científicas e institutos para que ratifiquen la Constitución de la Federación de la Tierra y nominen a delegados con una visión del mundo como candidatos para la elección a la Hose of Counselors.

Avancemos con valentía y humildad en el espíritu con el que se han concebido estas sesiones de la Asamblea Mundial Constituyente, sabiendo que estamos plenamente justificados por las circunstancias de las crisis mundiales, las condiciones de la agitación política mundial y la anarquía global de facto. y el derecho y la autoridad reconocidos de las personas para actuar en la creación de formas democráticas de gobierno que sirvan a su seguridad y bienestar, según lo dispuesto por la Constitución de la Federación de la Tierra. Si bien el tiempo puede revelar la necesidad de algunas enmiendas a esta Constitución, ha sido preparada por una amplia representación mundial de personas calificadas y está lista para su ratificación e implementación ahora. Por lo tanto, construyamos sobre esta base sólida que se ha preparado durante los últimos 25 años y unamos nuestras energías para lograr la ratificación y la implementación.

(Una parte importante de esta declaración, bajo el título de FUNDAMENTOS DE LA ASAMBLEA CONSTITUYENTE MUNDIAL, fue adoptada en la Tercera sesión de la Asamblea Constituyente Mundial reunida en Colombo, Sri Lanka, del 29 de diciembre de 1978 al 6 de enero de 1979).